Resolución de 9 de mayo de 1997, de la Dirección General de consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se reconoce la equivalencia del certificado de conformidad a normas emitido por «Verband der Schadenversicherer e. V. (Vds.)», con el certificado de conformidad a normas de los aparatos destinados a instalaciones de protección contra incendios, de acuerdo con el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, para los detectores de incendios fabricad

Visto el escrito de fecha 14 de abril de 1997, presentado por don Josep María Rebull i Gràcia, en calidad de Director general de la sociedad «Sigma Seguridad Integral, Sociedad Anónima», domiciliada en la calle Comité d'Urgell, 143, 08036 Barcelona, en solicitud de equivalencia del certificado emitido por «Verband der Schadenversicherer e. V. (VdS)», para los aparatos detectores de incendios, con la certificación de organismo de control que posibilite la colocación de la correspondiente marca de conformidad a normas, de acuerdo con los artículos 2.o, 3.o y 7.o, del capítulo II, del anexo del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, («Boletín Oficial del Estado», de 14 de diciembre), y sus correcciones («Boletín Oficial del Estado», de 7 de mayo de 1994), por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios;

Visto el dictamen favorable de 31 de marzo de 1995, emitido por el Ministerio de Industria y Energía, de equivalencia de las normas EN 54, partes 5, 7 y 8 con la norma UNE 23007, partes 5, 7 y 8, por la que se ha de certificar el producto;

De acuerdo con la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria («Boletín Oficial del Estado» del 23), la Orden de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos («Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» del 12), modificada por la Orden, de 30 de mayo de 1986, («Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña», de 6 de junio), y en ejercicio de las competencias que tengo conferidas,

He resuelto:

Primero.-Reconocer la citada equivalencia entre los certificados de conformidad a normas emitidos por «Verband der Schadenversicherer e. V. (VdS)» siguientes:

Número de certificado VdS:

Fecha de expedición:

G296005

4 de noviembre de 1996

G296004

4 de noviembre de 1996

G29014

8 de noviembre de 1996

G28815

29 de octubre de 1996

G28512

7 de noviembre de 1996

G28511

7 de noviembre de 1996

G28510

7 de noviembre de 1996

G296047

25 de marzo de 1997

Y el certificado emitido por un organismo de control que posibilite la colocación de la correspondiente marca de conformidad a normas, de acuerdo con lo que establece el artículo 3.o, del capítulo II, de anexo del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, para los siguientes productos:

Detector multisensor tipo SDF 3500 (Detector analógico multifunción SDF 3500).

Detector de humos de luz difusa tipo SDF 3100 (Detector analógico de humos SDF 3100).

Detector de humos de luz difusa tipo BR 12 (Detector convencional de humos BR 12).

Detector de humos de luz difusa BR 82 (Detector analógico de humos 82).

Detector de calor por temperatura fija tipo BM 980 (Detector convencional de temperatura BM 980).

Detector de calor por temperatura fija tipo BM 957 (Detector convencional de temperatura BM 957).

Detector de calor termovelocimétrico BD 957 (Detector convencional termovelocimétrico BD 957).

Detector termovelocimétrico de temperatura SDT 2100.

Segundo.-La presente autorización es independiente de la que sea necesario tramitar en caso de almacenamiento de los productos.

Tercero.-El marcado identificativo de la concesión de la marca de conformidad a normas otorgada por «Verband der Schadenversicherer e. V. (VdS)», corresponde al logotipo siguiente:

Cuarto.-La validez de esta concesión de equivalencia está supeditada a la posesión por parte de la empresa de las oportunas actualizaciones de los certificados de conformidad a normas de los diferentes aparatos emitidos por «Verband der Schadenversicherer e. V. (VdS)».

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Conseller de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de esta resolución, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que consideren oportuno.

Barcelona, 9 de mayo de 1997.-El Director general, Albert Sabala Durán.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 150 del Martes 24 de Junio de 1997. Otras disposiciones, Comunidad Autónoma De Cataluña.

Otras ediciones del BOE

<<<Julio 2024>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031

Dernière édition du BOE

Dernière édition du BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...