Orden de 30 de mayo de 1997 por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 1.827/90, interpuesto por «Recursos del Mar, Sociedad Anónima».

Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 15 de enero de 1997, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.827/90, promovido por «Recursos del Mar, Sociedad Anónima», sobre infracción en materia de pesca marítima; sentencia cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo número 1.827/90, interpuesto inicialmente por el Procurador don Juan Corujo y López Villamil, actuando en nombre y representación de "Recursos del Mar, Sociedad Anónima", actualmente representada por la Procuradora doña Isabel Julia Corujo, contra la desestimación presunta del recurso de alzada entablado frente a la Resolución de la Dirección General de Ordenación Pesquera de 19 de octubre de 1989, por la que se impone a la entidad recurrente dos multas de 2.000.000 de pesetas, cada una de ellas, en aplicación de los artículos 7 y 8.b), de la Ley 53/1982, de 13 de julio, debemos declarar y declaramos que las resoluciones impugnadas no son conformes a Derecho y, en consecuencia, las anulamos. Sin costas.»

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.

Madrid, 30 de mayo de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director General de Recursos Pesqueros.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 150 del Martes 24 de Junio de 1997. Otras disposiciones, Ministerio De Agricultura, Pesca Y Alimentación.

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