Real Decreto 854/1997, de 30 de mayo, por el que se indulta a don Raimundo Rey Camino.

Visto el expediente de indulto de don Raimundo Rey Camino, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Santiago de Compostela, en sentencia de fecha 3 de febrero de 1995, como autor de un delito de desacato, a la pena de un mes y un día de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de mayo de 1997,

Vengo en indultar a don Raimundo Rey Camino la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 30 de mayo de 1997.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 148 del Sábado 21 de Junio de 1997. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.

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