Real Decreto 321/1997, de 28 de febrero, por el que se indulta a don Luis Alberto Rodríguez Rodríguez.

Visto el expediente de indulto de don Luis Alberto Rodríguez Rodríguez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por los Juzgados de lo Penal números 5 y 3 de Oviedo, en sentencias de fecha 21 de enero y 13 de marzo de 1991, respectivamente, como autor de un delito continuado de hurto, a la pena de un mes y un día de arresto mayor, y otro delito continuado de hurto, a la pena de un mes y un día de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1988; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de febrero de 1997,

Vengo en indultar a don Luis Alberto Rodríguez Rodríguez las penas privativas de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años, desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 28 de febrero de 1997.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 70 del Sábado 22 de Marzo de 1997. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.

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