Resolución de 31 de enero de 1997, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se autoriza la inclusión en la Central de Anotaciones de la ampliación del programa de bonos y obligaciones emitido por la Comunidad Autonóma de Andalucía.

La Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, que desarrolla el Mercado de la Deuda Pública en Anotaciones establece en su artículo 55 que las Comunidades Autónomas podrán negociar en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones aquellas categorías de valores que emitan bajo esa forma de representación.

El Real Decreto 1009/1991, de 21 de junio, que regula la adquisición y pérdida de la condición de miembro del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, establece, en su disposición adicional segunda, el procedimiento para aplicar lo previsto en el artículo 55 de la Ley citada.

En su virtud, previo informe favorable del Banco de España y haciendo uso de las facultades que se me confieren en la Orden de 6 de julio de 1993, he resuelto:

1. Autorizar la negociación en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones de la ampliación del programa de emisiones de bonos y obligaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por un importe máximo de 84.000.000.000 de pesetas, autorizado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 1996, que se añade al programa de emisión de bonos y obligaciones por importe máximo de 160.000.000.000 de pesetas autorizado por Acuerdos de Consejo de Ministros de 15 de septiembre de 1995 y 16 de febrero de 1996.

Las emisiones cuya negociación se autoriza resultan homogéneas con las de los valores negociados actualmente en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.

2. Autorizar, siempre que el Banco de España no ponga objeciones a las nuevas incorporaciones, la negociación en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones de las emisiones de Deuda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía que se realicen dentro de la ampliación del programa de bonos y obligaciones hasta completar los 84.000.000.000 de pesetas autorizados por Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 1996.

Esta Resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 31 de enero de 1997.-El Director general, Jaime Caruana Lacorte.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 31 del Miércoles 5 de Febrero de 1997. Otras disposiciones, Ministerio De Economía Y Hacienda.

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