Real Decreto 749/1996, de 26 de abril, por el que se crea centros públicos de educación de personas adultas en las provincias de León, Madrid, La Rioja y Soria.

La Constitución española reconoce en el artículo 27 el derecho de todos a la educación, añadiendo que ésta tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana, en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.

El sistema educativo pretende desarrollar las posibilidades personales de todos y cada uno de los ciudadanos y ofrecerles en cualquier momento de su vida el acceso a la educación, así como la de facilitar este derecho a aquellos que en su momento y por diversas circunstancias no pudieron cursar estudios básicos en edades que hoy son de escolarización generalizada.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación, con el fin de atender a los objetivos expuestos, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de abril de 1996,

D I S P O N G O :

Artículo 1.

Se crean los centros públicos de educación de adultos siguientes:

a) Provincia de Madrid:

1.º Centro de educación de adultos «Orcasitas». Calle Oreja, número 186. Madrid.

2.º Centro de educación de adultos «Joaquín Sorolla». Calle General Alvarez de Castro, 46. Madrid.

b) Provincia de La Rioja:

Centro de Educación de Adultos de Nájera. Paseo de San Julián, 19. Nájera (Logroño).

c) Provincia de Soria:

Centro de educación de adultos de Almazán. Carretera de Madrid, sin número. Almazán (Soria).

Artículo 2.

Se crea un nuevo centro público de educación de adultos en León, calle Fernández Cadórniga, número 1, en el que se integrarán los centros públicos de educación de adultos «La Serna» y «Sierra Pambley», también de León.

Disposición final única.

Se autoriza al Ministro de Educación y Ciencia para determinar la fecha de comienzo de actividades de los centros de educación de adultos creados por el presente Real Decreto, así como para dictar las disposiciones de aplicación y desarrollo de este Real Decreto.

Dado en Madrid a 26 de abril de 1996.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación y Ciencia,

JERONIMO SAAVEDRA ACEVEDO

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 112 del Miércoles 8 de Mayo de 1996. Otras disposiciones, Ministerio De Educación Y Ciencia.

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