Orden de 22 de enero de 1996 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el recurso contencioso-administrativo número 1.082/1995, interpuesto por la Asociación Española de Técnicos de Laboratorio.

Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 25 de octubre de 1995, por Tribunal Superior de Justicia de Asturias (Sección Segunda), en el recurso contencioso-administrativo número 1.082/1995, promovido por la Asociación Española de Técnicos de Laboratorio, contra resolución presunta de este Ministerio, desestimatoria, por silencio administrativo, del recurso de reposición formulado sobre la denegación de la solicitud de que se puntuaran conforme a baremo los curso organizados por dicha Asociación, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

«Fallo: En atención a todo lo expuesto, la Sección Segunda de esta Sala, ha decidido: Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Abogado don Luis Vallejo González, en nombre y representación de la Asociación Española de Técnicos de Laboratorio, contra Resolución de 20 de junio de 1991, de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización del Ministerio de Sanidad y Consumo representado por el señor Abogado del Estado, acuerdo que se mantiene por ser conforme a Derecho; sin hacer expresa imposición de costas procesales.»

Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.

Madrid, 22 de enero de 1996.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.

Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 40 del Jueves 15 de Febrero de 1996. Otras disposiciones, Ministerio De Sanidad Y Consumo.

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