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La Junta Electoral Central, en sesión del día de la fecha, ha acordado designar a los Vocales no judiciales de las Juntas Electorales Provinciales que se indican, conforme a las propuestas remitidas por las mismas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1.b) de la vigente Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en relación con las elecciones a celebrar el próximo 3 de marzo.
Junta Electoral Provincial de Albacete
Vocales: Don José Luis García Guerrero y don Ramón Doval Amarella.
Junta Electoral Provincial de Guipúzcoa
Vocales: Don José María Muguruza Velilla y don Juan Luis Arrieta Alberdi.
Junta Electoral Provincial de La Rioja
Vocales: Don Daniel García Jiménez y doña Begoña Lema de Pablo.
Junta Electoral Provincial de Cádiz
Vocales: Don José Manuel Jareño Rodríguez-Sánchez y don José Carmona Sánchez.
Palacio del Congreso de los Diputados, 14 de febrero de 1996.-El Presidente, Francisco Soto Nieto.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 40 del Jueves 15 de Febrero de 1996. Autoridades y personal, Junta Electoral Central.