Corrección de errores del Real Decreto 1324/1995, de 28 de julio, por el que se establece el Estatuto del personal del Centro Superior de Información de la Defensa.

Advertidos errores en el texto del Real Decreto 1324/1995, de 28 de julio, por el que se establece el Estatuto del personal del Centro Superior de Información de la Defensa, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 198, de 19 de agosto, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 25845, primera columna, párrafo cuarto, línea decimotercera, donde dice: «... cuya relación de trabajo determina...», debe decir: «... cuya relación determina...».

En la página 25845, segunda columna, disposición adicional segunda, apartado 1, línea cuarta, donde dice: «... otorga la calificación de secreto...», debe decir: «... otorga la clasificación de secreto...».

En la página 25846, primera columna, disposición adicional segunda, apartado 2, línea primera, donde dice: «La calificación de secreto...», debe decir: «La clasificación de secreto...».

En la página 25846, segunda columna, disposición transitoria tercera, línea tercera, donde dice: «... las Fuerzas Armadas al personal...», debe decir: «... las Fuerzas Armadas del personal...».

En la página 25849, segunda columna, artículo 14, apartado 5, línea novena, donde dice: «... o bien de resarcir...», debe decir: «... o bien resarcir...».

En la página 25850, segunda columna, artículo 20, apartado 1, párrafo segundo, línea cuarta, donde dice: «... se encontrarán en servicio activo cuando sean destinados...», debe decir: «... se encontrarán en servicio activo cuando sea destinado...».

En la página 25851, primera columna, artículo 23, apartado 3, línea segunda, donde dice: «... será acordada por el Director...», debe decir: «... serán acordados por el Director...».

En la página 25852, segunda columna, artículo 27, apartado 3, párrafo c), línea quinta, donde dice: «... objetivos asignados, para su concesión...», debe decir: «... objetivos asignados. Para su concesión...».

En la página 25854, primera columna, artículo 37, apartado 1, párrafo primero, línea primera, donde dice: «... guardar la misma estricta...», debe decir: «... guardar la más estricta...».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 240 del Sábado 7 de Octubre de 1995. Disposiciones generales, Ministerio De Defensa.

Materias

  • Centro Superior de Información de la Defensa
  • Ministerio de Defensa
  • Secretaría de Estado de Administración Militar
  • Secretos oficiales

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