Corrección de errores del Real Decreto 184/1987, de 30 de enero, por el que se modifican las normas reglamentarias en materia de establecimientos de crédito para adaptarlas al ordenamiento jurídico de la Comunidad Económica Europea.

Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 35, de fecha 10 de febrero de 1987, a continuación se formulan las oportunas rectificaciones:

En la página 4007, primera columna, primer párrafo, primera línea donde dice: «El Real Decreto Legislativo número 1295/1986, de 28 de junio», debe decir: «El Real Decreto Legislativo número 1298/1986, de 28 de junio».

En página 4008, segunda columna, disposición derogatoria, tercer parráfo, segunda línea, donde dice: «Cración de nuevos bancos», debe decir: «Creación de nuevos bancos».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 64 del Lunes 16 de Marzo de 1987. Disposiciones generales, Ministerio De Economía Y Hacienda.

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