Conflicto positivo de competencia número 507/1986, promovido por el Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña, en relación con determinados preceptos del Reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos, aprobados por el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre.

El Tribunal Constitucional, por auto de 25 de septiembre actual dictado en el conflicto positivo de competencia número 507/1986, promovido por el Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña, en relación con los artículos 5.2, 6 7 17, 19, 21, 23, 24.1 en relación con el 3.11 25, 27.2, 34.2, 42, 43.2, 44, 45, 47, 48, 49, 50, 53.2 y 3, 54, 55, 56, 57, 58, 59; disposiciones adicionales primera, dos; tercera, cuarta, quanta, sexta, octava, y disposiciones transitorias primera, tercera y cuarta del Reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos, aprobados por el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, la acordado tener por desistido al Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña del referido conflicto, que fue admitido a trámite por providencia de 28 de mayo de 1986.

Lo que se publica para general conocimiento.

Madrid, 25 de septiembre de 1986: El Presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Tomás y Valiente. Firmado y rubricado.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 239 del Lunes 6 de Octubre de 1986. Disposiciones generales, Tribunal Constitucional.

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