Corrección de erratas del Real Decreto 1256/1986, de 13 de junio, por el que se crea la Comisión Nacional de Elecciones Sindicales.

Padecidos errores en la inserción del citado Real Decreto publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 153, de 27 de junio de 1986, se transcriben a continuación las oportunas rectifica-nones:

Página 23424, artículo preámbulo, párrafo cuarto, línea 14, donde dice: «... ciones Públicas como por ...»; debe decir: «... ciones Públicas, como por ...»

Página 23425, artículo 4.°, c), donde dice: «Prescindir las sesiones ...»; debe decir: «Presidir las sesiones ...»

Página 23425; artículo 7.°, d), donde dice: «... con voz pero sin voto ...»; debe decir: «... con voz, pero sin voto ...»

Página 23425, artículo 8.º, 1, donde dice: «... Organizaciones empresariales podrán ...»; debe decir: «... Organizaciones empresariales, podrán ...»

Página 23426, artículo 12, a), donde dice: «... como vocal/, otro del grupo ...»; debe decir: «... como vocal, otro del grupo ...»

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 170 del Jueves 17 de Julio de 1986. Disposiciones generales, Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social.

Materias

  • Consejo General de Mediación, Arbitraje y Conciliación
  • Dirección General de Trabajo
  • Elecciones sindicales
  • Empresas
  • Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
  • Sindicatos
  • Trabajadores

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