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Padecidos errores en la inserción del mencionado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 82, de fecha 5 de abril de 1986, a continuación se formulan las oportunas rectificaciones:
Página número 11969:
Artículo 5.°, apartado A.4, párrafo primero, línea tercera, donde dice: «... y organización responsable...», debe decir: «... u organización responsable...».
Articulo 5.°, apartado A.4, párrafo tercero, línea segunda, donde dice: «... de la semilla base...», debe decir: «... de la semilla de base...».
Artículo 5.°, aparado C.3, líneas cuarta y quinta, donde dice: «... cultivares inscritas en la misma...», debe decir: «... cultivares incluidos en la misma...».
Artículo 5.°, apartado C.3. líneas octava, novena y décima, donde dice: «... lista de variedades de plantas agrícolas o de plantas hortícolas, cuando estos catálogos entren en vigor en España», debe decir: «... Lista de Variedades Comerciales o en los Catálogos Comunes de Variedades de Plantas Agrícolas o de Plantas Hortícolas, cuando estos Catálogos entren en vigor en España».
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 96 del Martes 22 de Abril de 1986. Disposiciones generales, Ministerio De Agricultura, Pesca Y Alimentación.