Corrección de errores del Real Decreto 1662/1984, de 1 de agosto, sobre valoración definitiva y ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de puertos.

Advertido error en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 222, de fecha 15 de septiembre de 1984, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:

En la página 26830, a continuación del punto 1 del apartado B.1. Bienes, Derechos y Obligaciones, deberá figurar: «2. Se modifica la relación número l, apartado 3. Concesiones, punto 3.4. Grupo de puertos de Lugo» del Real Decreto 3214/1982, de 24 de julio, en los términos que se indican en la relación adjunta 1.5.

Dicha relación deberá insertarse en la página 26833 a continuación de la relación número 1.4. del citado «Boletín Oficial del Estado» (número 222)».

1.5. Modificaciones de la relación número 1 del Real Decreto 3214/1982 de 24 de julio.

La relación número l, apartado 3. Concesiones, punto 3.4. Grupo de puertos de Lugo, se modifica en los términos siguientes:

a) Respecto del puerto «San Ciprián se suprimen las siguientes concesiones:

(TABLA OMITIDA)

b) Se suprimen, igualmente, las referencias a los puertos de Castropol, Figueras y Vegadeo, así como las concesiones relativas a los mismos.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 229 del Martes 24 de Septiembre de 1985. Disposiciones generales, Presidencia Del Gobierno.

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  • Comunidades Autónomas
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