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Padecidos errores en la inserción de la mencionada Resolución, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 155, de fecha 29 de junio de 1984, a continuación se formulan Las oportunas rectificaciones:
En la página 19051, en la primera columna, segundo párrafo del Anexo, sexta línea, donde dice: «de los riegos bancarios de las Empresas...», debe decir: «de los riesgos bancarios de las Empresas...».
En la segunda columna, segundo párrafo de la misma, segunda y tercera líneas, donde dice: «... del Real Decreto-ley que ha probado el Gobierno con carácter simultáneo, ...», debe decir: «... del Real Decreto-ley que ha aprobado el Gobierno con carácter simultáneo, ...».
En dicha columna, tercer párrafo de la misma, en la quinta línea, donde dice: «y los Bancos privados que adquirirán...», debe decir: «y los Bancos privados que adquirirían...», y en la décima linea, donde dice: «rializarse en base acuerdo que ahora se adopta. La comple-», debe decir: «rializarse en base al acuerdo que ahora se adopta. La comple-».
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 259 del Lunes 29 de Octubre de 1984. Disposiciones generales, Ministerio De Economía Y Hacienda.