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Visto el aumento en la corriente turística del número de personas que utilizan el aeropuerto de Alicante como servicio de iniciación y final del viaje de entrada y salida de nuestro territorio nacional.
En uso de las atribuciones que confiere a esta Dirección General el apartado décimo de la Orden del Ministerio de Hacienda de 16 de noviembre de 1971 (<Boletín Oficial del Estado> del 25) sobre implantación del sistema denominado <doble circuito> para el control aduanero de viajeros y sus equipajes en los aeropuertos internacionales, se acuerda que el sistema de referencia sea de aplicación en el aeropuerto de Alicante a partir del dia de la publicación de la presente Resolución en el <Boletin Oficial del Estado>.
Madrid, 6 de junio de 1983.- El Director general, Miguel Sánchez Alberti.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 144 del Viernes 17 de Junio de 1983. Disposiciones generales, Ministerio De Economía Y Hacienda.