Resolución de 16 de marzo de 1983 de la Dirección General de Régimen Económico y Jurídico de la Seguridad Social, por la que se aprueban nuevos modelos - resúmenes, serie TR, para las relaciones entre las oficinas recaudadoras y las Tesorerías Territoriales de la Seguridad Social.

Por Resolución de la entonces Dirección General de Régimen Económico de la Seguridad Social, de 25 de marzo de 1980, se aprobaron los modelos de cotización y se dictaron normas de actuación para las Empresas y oficinas recaudadoras en materia de liquidación y recaudación de cuotas de la Seguridad Social. Entre la mencionada documentación recaudatoria, la citada disposición estableció el modelaje relativo a los resumenes de recaudación serie TR, cuya cumplimentación por las oficinas recaudadoras sirve de soporte a sus relaciones con las Tesorerías Territoriales de la Seguridad Social.

La nueva normativa sobre cotización, así como la necesidad de racionalizar los mecanismos de vigilancia del proceso recaudatorio, aconsejan la modificación de los citados modelos de la serie TR, a fin de poder alcanzar los objetivos pretendidos.

En su virtud, esta Dirección General de Régimen Económico y Jurídico de la Seguridad Social, en uso de las atribuciones conferidas en la disposición final 2. de la Orden de 30 de mayo de 1979 y en el número 2 del artículo 3. de la Orden de 24 de marzo de 1980, ha tenido a bien aprobar las siguientes normas:

Primera.- En las relaciones entre las oficinas recaudadoras y Tesorerías Territoriales de la Seguridad Social se utilizarán con carácter único y obligatorio, los siguientes documentos:

TR-1 <Relación de operaciones por importes líquidos>.

TR-1/2 <Relación de operaciones por importes integros>.

Estos modelos, destinados a las Tesorerías Territoriales de la Seguridad Social, se extenderán por cuadruplicado y se cumplimentarán en base a los datos extraídos de las liquidaciones correspondientes que figuren en los boletines de cotización a la Seguridad Social.

Las oficinas recaudadoras cubrirán todas las columnas de estos modelos, utilizándose en todo caso impresos independientes para cada uno de los Regímenes de la Seguridad Social.

TR-2 <Resumen de modelos TR-1>.

TR-2/2 <Resumen de modelos TR-1/2>.

Estos modelos, con destino a las Tesorerías Territoriales de la Seguridad Social, se cumplimentarán por cuadruplicado y únicamente en los supuestos en que exista más de un TR-1 y TR-1/2 por provincia, consignándose los datos referidos a las distintas agencias de las oficinas recaudadoras.

TR-3 <Estado mensual de la recaudación>.

Este impreso se cumplimentará, igualmente, por cuadruplicado, debiendo consignarse en él el importe total de los ingresos formalizados en el mes de que se trate.

Segunda.- Los modelos TR-1, TR-1/2, TR-2 y TR-2/2 serán confeccionados por las oficinas recaudadoras, en papel blanco, tamaño UNE A-4 (297 X 210 milímetros) imprimiéndose en forma vertical. El modelo TR-3, a confeccionar igualmente por las oficinas recaudadoras, se imprimirá en tamaño UNE A-5 (148 X 210 milímetros), en forma apaisada.

No obstante lo anterior, en aquellos casos en que las oficinas recaudadoras dispongan de servicios mecanizados para llevar a cabo las facturaciones, podrán confeccionar los indicados modelos en el tamaño que se adapte a sus máquinas, siempre que se conserve rigurosamente el texto y la disposición de las columnas, según el diseño anexo a la presente Resolución.

Tercera.- La tramitación de los modelos de la serie TR se ajustará a lo establecido en las normas contenidas en la citada Resolución de la Dirección General de Régimen Económico de la Seguridad Social de 25 de marzo de 1980.

Cuarta.- Los nuevos modelos TR, cuyos diseños se publican como anexos a la presente Resolución, serán utilizados a partir de la recaudación efectuada durante el mes de mayo de 1983.

Madrid, 16 de marzo de 1983.- El Director general, Adolfo Jiménez Fernández.

Formularios omitidos.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 71 del Jueves 24 de Marzo de 1983. Disposiciones generales, Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social.

Materias

  • Cotización a la Seguridad Social
  • Recaudación
  • Seguridad Social
  • Tesorería General de la Seguridad Social

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