Resolución de 9 de diciembre de 1982, de la Dirección General de la Marina Mercante, para la formación del Registro de Personal Marítimo de la Marina Mercante.

La Orden ministerial de Comercio de 16 de febrero de 1976 por la que se dictan normas para la formación del Registro de Personal Marítimo, en su artículo 4. faculta a la Subsecretaría de la Marina Mercante (hoy Dirección General de la Marina Mercante) para dictar normas pertinentes para el cumplimiento de la Orden.

La evolución de las enseñanzas Marítimas y la necesidad de conocer la situación actual de todos aquellos que desarrollan su actividad laboral, a bordo de los buques mercantes y de los titulados que prestan sus servicios en Empresas navieras aconsejan realizar un nuevo Registro de Personal Marítimo, exclusivo para personal titulado, con objeto de tener un conocimiento concreto de las necesidades de personal en la flota mercante, así como de las previsiones futuras.

En su virtud,

Esta Dirección General ha resuelto que el día 31 de marzo de 1983, se confeccione un Registro de personal Marítimo que comprenda a los titulados de la Marina Mercante que prestan sus servicios en buques de Marina Mercante o en puesto de trabajo de Empresas navieras.

Por circular se dictarán las normas complementarias, para llevar a cabo este Registro de Personal Marítimo.

Madrid, 9 de diciembre de 1982.- El Director general, Máximo Alfonso Garzón Burguillo.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 10 del Miércoles 12 de Enero de 1983. Otras disposiciones, Ministerio De Transportes Y Comunicaciones.

Materias

  • Marinas Mercante y de Pesca
  • Navieras

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