Corrección de erratas del Real Decreto 1693/1982, de 18 de junio, por el que se regula el régimen del complemento de destino de los Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia.

Padecidos errores en la inserción del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 179, de fecha 28 de julio de 1982, a continuación se formulan las oportunas rectificaciones:

En la página 20336, segunda columna, artículo cuarto, apartado a), línea 1, donde dice: «a) Ocho con cinco puntos a los Oficiales...»; debe decir: «a) Ocho coma cinco puntos a los Oficiales...».

En la página 20337, primera columna, artículo sexto, donde dice: «Tercer grupo: Dos con cinco puntos. Cuarto grupo: Dos puntos. Quinto grupo: Uno con cinco puntos. Sexto grupo: Un punto. Séptimo grupo: Cero con cinco puntos»; debe decir: «Tercer grupo: Dos coma cinco puntos. Cuarto grupo: Dos puntos. Quinto grupo: Uno coma cinco puntos. Sexto grupo: Un punto. Séptimo grupo: Cero coma cinco puntos».

En las mismas páginas y columna, artículo once, línea 4, donde dice: «... de los actos que se vean precisados a realizar ...»; debe decir: «... de los gastos que se vean precisados a realizar ...».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 233 del Miércoles 29 de Septiembre de 1982. Disposiciones generales, Ministerio De Hacienda.

Materias

  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Retribuciones (Administración Civil)

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