Orden de 16 de julio de 1982 sobre liberalización de los precios de los libros de texto en castellano.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9. y 20 del Real Decreto 2895/1977, de 28 de octubre, previo informe de la Junta Superior de Precios y aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.- A partir de 1 de abril de 1983 se excluye del régimen de precios autorizados de ámbito nacional el epígrafe <Libros de texto en castellano>, anexo 1, C, 2, de la Orden de este Ministerio de 28 de octubre de 1981.

Segundo.- Lo dispuesto en el artículo 8. del Real Decreto 2895/1977, de 28 de octubre, será, en todo caso, de aplicación a los precios que como consecuencia de lo dispuesto en la presente Orden queden liberalizados y, por tanto, excluidos del anexo 1 de la Orden de 28 de octubre de 1981.

Madrid, 16 de julio de 1982.- GARCIA DIEZ.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 174 del Jueves 22 de Julio de 1982. Disposiciones generales, Ministerio De Economía Y Comercio.

Notas

  • Efectos desde el 1 de abril de 1983.

Materias

  • Libros de texto
  • Precios

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