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Por Real Decreto 318/1982, de 12 de febrero, se amplió al 30 de junio de 1982 el plazo para la resolución de solicitudes de concesión de emisoras de radiodifusión en frecuencia modulada relativas a la segunda fase de ejecución del Plan Técnico Transitorio, aprobado por Real Decreto 1433/1979, de 8 de junio.
Entre las razones que motivaron dicha disposición figuran no sólo la conveniencia de ampliar el plazo de presentación de solicitudes, que resultó en la práctica exiguo para los interesados, sino también la de hacer públicos determinados aspectos del Plan Técnico Transitorio que permita conocer la cobertura territorial a que se extenderá la segunda fase.
Pendientes de resolución los conflictos de competencia promovidos por el Gobierno con motivo de la publicación de los Decretos 82 y 83/1981, de la Generalidad, y 138/1981, del Gobierno Vasco, se han excluido del anexo de esta Orden los territorios de las respectivas Comunidades Autónomas, si bien, para ellos, el Plan Técnico establece las pertinentes reservas de frecuencias.
En su virtud, este Ministerio ha dispuesto:
Artículo 1. Se establece un nuevo plazo, a partir de la publicación de la presente Orden y hasta el 15 de abril de 1982, para la presentación de solicitudes de concesión de emisoras de radiodifusión en frecuencia modulada. Las solicitudes deberán ajustarse a aquellas determinaciones del Plan Técnico que figuran como anexo a la presente disposición.
Art. 2. Las personas y Entidades que hubieren solicitado, en la fase primera del Plan Técnico Transitorio de Radiodifusión en Frecuencia Modulada, una concesión que se ajuste a las determinaciones del Plan Técnico que se publica como anexo a la presente Orden, podrán manifestar, en el plazo a que se refiere el artículo anterior, su voluntad de participar en la segunda fase de dicho Plan.
A estos efectos será válida la documentación que tuvieren presentada y hubiese sido considerada en su momento como ajustada a Derecho.
Madrid, 19 de febrero de 1982.- RODRIGUEZ INCIARTE.
ANEXO
Relación de las 140 emisoras que completan el Plan Técnico Transitorio del Servicio Público de Radiodifusión Sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de fecha 8 de junio de 1979
Provincia de Albacete
Hellín y Villarrobledo.
Provincia de Alicante
Alicante, Alcoy, Villajoyosa, Elda, Elche y Villena.
Provincia de Almería
Dalías.
Provincia de Avila
Avila.
Provincia de Badajoz
Don Benito y Villanueva de la Serena.
Provincia de Baleares
Ciudadela, Ibiza y Mahón.
Provincia de Burgos
Aranda de Duero.
Provincia de Cáceres
Plasencia.
Provincia de Cádiz
Arcos de la Frontera, Barbate de Franco, Chiclana, Puerto de Santa María, Sanlúcar de Barrameda, Algeciras, Jerez de la Frontera y La Línea de la Concepción.
Provincia de Cantabria
Reinosa, Castro Urdiales y Camargo.
Provincia de Castellón
Castellón, Burriana, Vinaroz y Vall de Uxó.
Provincia de Ciudad Real
Puertollano, Alcázar de San Juan y Tomelloso.
Provincia de Córdoba
Córdoba, Lucena, Montilla, Palma del Río y Puente Genil.
Provincia de La Coruña
La Coruña, Carballo, El Ferrol y Narón.
Provincia de Cuenca
Tarancón.
Provincia de Granada
Granada, Baza y Motril.
Provincia de Guadalajara
Guadalajara.
Provincia de Huelva
Ayamonte.
Provincia de Huesca
Huesca y Barbastro.
Provincia de Jaén
Alcalá la Real, Ubeda y Linares.
Provincia de Las Palmas de Gran Canaria
Puerto del Rosario, Arrecife, Santa Lucía y Maspalomas.
Provincia de León
León y Ponferrada.
Provincia de Lugo
Monforte de Lemos.
Provincia de Madrid
Aranjuez, Parla, Pozuelo de Alarcón, San Sebastián de los Reyes, Móstoles, Torrejón de Ardoz, Alcalá de Henares, Collado-Villalba y Getafe.
Provincia de Málaga
Antequera, Coín, Estepona, Fuengirola, Vélez-Málaga, Ronda, Marbella y Benalmádena.
Provincia de Melilla
Melilla.
Provincia de Murcia
Murcia, Caravaca, Cieza, Molina de Segura, Yecla, Lorca y San Javier.
Provincia de Navarra
Tudela, Estella y Tafalla.
Provincia de Orense
Verín.
Provincia de Oviedo
Luarca, Siero, Mieres, Avilés, Langreo y Llanes.
Provincia de Palencia
Palencia.
Provincia de Pontevedra
Pontevedra, La Estrada, Lalín, Marín y Redondela.
Provincia de La Rioja
Calahorra y Haro.
Provincia de Salamanca
Ciudad Rodrigo y Béjar.
Provincia de Santa Cruz de Tenerife
Santa Cruz de Tenerife, La Orotava, Puerto de la Cruz, Los Realejos, San Sebastián de la Gomera, Valverde y Santa Cruz de la Palma.
Provincia de Segovia
Cuéllar.
Provincia de Sevilla
Alcalá de Guadaira, Camas, Carmona, Ecija, Lebrija, Utrera, Dos Hermanas y Morón de la Frontera.
Provincia de Soria
Soria.
Provincia de Teruel
Teruel.
Provincia de Toledo
Toledo.
Provincia de Valencia
Valencia, Alcira, Burjasot, Quart de Poblet, Játiva, Sagunto, Gandía, Mislata, Paterna y Requena.
Provincia de Valladolid
Medina del Campo.
Provincia de Zamora
Benavente.
Provincia de Zaragoza
Zaragoza y Ejea de los Caballeros.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 48 del Jueves 25 de Febrero de 1982. Disposiciones generales, Presidencia Del Gobierno.