Corrección de errores del Real Decreto 2486/1980, de 26 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Puertos Deportivos.

Advertidos errores en el texto remitido para su publicación del mencionado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 275, de 15 de noviembre de 1980, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 25537, primera columna, artículo 3.°, punto 1, donde dice: «de cualquier ola significativa con frecuencia de cinco años ...», debe decir: «de cualquier ola significativa con período de retorno de cinco años...».

En la misma página, articulo 3.º, segundo párrafo del punto 1, donde dice: «el período medio del tercio de olas...», debe decir: «el periodo medio de las del tercio de olas...».

En este mismo articulo 3.°, último párrafo del punto 1, donde dice: «como el período medio de las olas más altas...», debe decir: «como el período medio del tercio de olas más altas...».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 309 del Jueves 25 de Diciembre de 1980. Disposiciones generales, Ministerio De Obras Públicas Y Urbanismo.

Materias

  • Concesiones administrativas
  • Construcciones
  • Embarcaciones deportivas y de recreo
  • Instalaciones deportivas
  • Ordenación del territorio
  • Puertos

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