Orden por la que se adscriben a la Presidencia del Gobierno los Cuerpos de funcionarios del Patrimonio Nacional.

Ilustrísimo señor:

La Ley 27/1975, de 27 de junio, sobre determinación de las disposiciones que han de regir para los funcionarios de los distintos Cuerpos del Patrimonio Nacional, dispuso en su artículo 5.º que por la Presidencia del Gobierno, y en el ámbito de su competencia, se dictarían las disposiciones necesarias para la ejecución de la misma.

En su virtud, esta Presidencia del Gobierno dispone:

Articulo único.

Los Cuerpos de funcionarios del Patrimonio Nacional, a que se refiere la Ley 27/1975, de 27 de junio, quedan adscritos a la Presidencia del Gobierno, que se encargara de la administración y gestión del personal perteneciente a los mismos, en su condición de funcionarios de carrera a extinguir de la Administración Civil del Estado.

Lo que digo a V. I.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 31 de diciembre de 1977.

OTERO NOVAS

Ilmo. Sr. Secretario de Estado para la Administración Pública.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 22 del Jueves 26 de Enero de 1978. Disposiciones generales, Presidencia Del Gobierno.

Materias

  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Patrimonio Nacional

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