Corrección de errores del Real Decreto 3071/1977, de 11 de noviembre, por el que se regulan determinadas actividades cinematográficas.

Advertidos errores en el texto del mencionado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 287, de 1 de diciembre de 1977, se transcriben a continuación las rectificaciones oportunas:

En la segunda columna de la página 26422, apartado uno del artículo 14, donde dice: «... cualquiera que sea su metraje podrán percibir...», debe decir: «... cualquiera que sea su metraje podrán recibir...».

En la segunda columna de la página 26423, Disposición transitoria tres, donde dice; «... Las que no lo estén pasarán a disfrutar de nuevo régimen...», debe decir: «... Las que no lo estén pasarán a disfrutar del nuevo régimen...».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 304 del Miércoles 21 de Diciembre de 1977. Disposiciones generales, Ministerio De Cultura.

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