Orden por la que se prorroga el plazo establecido en el número 10 del artículo 45 del Reglamento de Enfermedades Profesionales de 9 de mayo de 1982 para la percepción complementaria reconocida a los trabajadores silicóticos de primer grado.

NO HAY TEXTO

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 286 del Lunes 29 de Noviembre de 1976. Disposiciones generales, Ministerio De Trabajo.

Notas

  • Entrada en vigor el 29 de noviembre de 1976.
  • Vigencia De la prórroga hasta el 31 de marzo de 1977.

Materias

  • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  • Minas
  • Trabajadores

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