Corrección de errores del Decreto 2409/1975, de 23 de agosto, por el que se regula el régimen especial de la Seguridad Social de los Representantes de Comercio.

Advertidos errores en el texto del citado Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 248, de fecha 16 de octubre de 1975, páginas 21785 a 21789, se transcriben a continuación, las oportunas rectificaciones:

En el artículo 25, número 3, donde dice: «...en cuyo caso no se exigirá período mínimo de cotización para el auxilio por defunción...», debe decir: «...en cuyo caso no se exigirá período mínimo de cotización; tampoco se exigirá éste para el auxilio por defunción.»

En la disposición adicional segunda, donde dice: «...en el cuatro coma treinta y cinco por ciento para la aportación de los trabajos...», debe decir: «...en el cuatro coma treinta y cinco por ciento para la aportación de los trabajadores...».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 272 del Jueves 13 de Noviembre de 1975. Disposiciones generales, Ministerio De Trabajo.

Materias

  • Comercio
  • Mutualidades Laborales
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social
  • Representantes de Comercio

Otras ediciones del BOE

<<<Agosto 2024>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031

Dernière édition du BOE

Dernière édition du BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...