Resolución por la que se asimila a efectos de cotización al Régimen General de la Seguridad Social la categoría profesional de Visitador, incluida en la Ordenanza Laboral de Comercio.

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Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 71 del Lunes 24 de Marzo de 1975. Disposiciones generales, Ministerio De Trabajo.

Notas

  • Entrada en vigor 1 de abril de 1975.

Referencias anteriores

Materias

  • Cotización a la Seguridad Social

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