Decreto 3262/1970, de 29 de octubre, por el que se establece y regula el Régimen de la Seguridad Social de los Escritores de Libros.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 275 del Martes 17 de Noviembre de 1970. Disposiciones generales, Ministerio De Trabajo.
Notas
- Efectos desde el 1 de enero de 1971.
Referencias posteriores
- SE DEROGA el art. 9 y la disposición adicional primera, por Real Decreto 46/1984, de 4 de enero
- SE DEROGA los arts. 32 y 35, por el Real Decreto 2564/1977, de 6 de octubre
- SE DEROGA en cuanto se oponga , por Real Decreto 2621/1986, de 24 de diciembre
- SE AMPLIA la Acción Protectora, por Real Decreto 45/1984, de 4 de enero
- SE DESARROLLA , por la Orden de 27 de junio de 1972
- SE DICTA DE CONFORMIDAD , Incluyendo la Asistencia Sanitaria como Mejora Voluntaria: Real Decreto 1529/1978, de 19 de mayo
- SE DICTA DE CONFORMIDAD , el Campo de aplicación: Real Decreto 1111/1978, de 2 de mayo
- SE DICTA DE CONFORMIDAD con la disposición transitoria quinta, sobre designación de la Comisión Prevista, por Orden de 2 de febrero de 1971
Materias
- Cotización a la Seguridad Social
- Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
- Escritores
- Invalidez
- Mutualidades Laborales
- Regímenes especiales de la Seguridad Social