Decreto 1618/1969, de 10 de julio, por el que se establece un derecho móvil por un plazo de dos años en la subpartida 43.01 A y se suprimen los derechos a la exportación de la misma partida.

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Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 180 del Martes 29 de Julio de 1969. Disposiciones generales, Ministerio De Comercio.

Notas

  • Entrada en vigor 30 de julio de 1969.

Referencias anteriores

  • MODIFICA la posición 43.01 a del Arancel aprobado por Decreto 999/1960, de 30 de mayo (Gazeta)
  • DE CONFORMIDAD con art. 6 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo

Materias

  • Arancel de Aduanas
  • Peletería
  • Pieles y cueros

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