Ley 107/1966, de 28 de diciembre, derogando la de 23 de diciembre de 1948 sobre concesiones gratuitas de terrenos en la Guinea Ecuatorial.

Desaparecidas en Guinea Ecuatorial las circunstancias que motivaron la Ley de veintitrés de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho y sus especiales disposiciones complementarias que regulaban el otorgamiento por la Administración pública de concesiones gratuitas de hasta treinta hectáreas de terreno en favor de españoles no nativos, procede su derogación según propuesta formulada por el Consejo de Gobierno y la Asamblea General.

En su virtud, y de conformidad con la propuesta elaborada por las Cortes Españolas,

DISPONGO:

Artículo único.

Queda derogada la Ley de veintitrés de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho.

Dada en el Palacio de El Pardo a veintiocho de diciembre de mil novecientos sesenta y seis.

FRANCISCO FRANCO

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 311 del Jueves 29 de Diciembre de 1966. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.

Notas

  • Esta norma ha dejado de estar vigente

Referencias anteriores

  • DEROGA la Ley de 23 de diciembre de 1948 (Gazeta)

Materias

  • Concesiones administrativas
  • Guinea Ecuatorial
  • Suelo

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