Francisco Rossetto - CUIT 20-52373363-0

Datos Básicos y de Identificación

Apellido y NombreROSSETTO FRANCISCO
Posible DNI52.373.363
CUIT/CUIL20-52373363-0
HomónimosAl menos 4 personas en Argentina se llaman Francisco Rossetto
Personas con el mismo apellido1.282 personas en Argentina tienen el apellido Rossetto

Información de Boletines Oficiales Nacional y Provinciales

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/7/2024 - Página 4

. Cumplido. Archívese.D.I. José Francisco Rossetto Presidente Ente de Adm. de Zonas Francas ENTE DE ADMINISTRACIÓN DE ZONAS FRANCAS RESOLUCION Nº 010/2024.SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 JUL. 2024.EL ENTE DE ADMINISTRACIÓN DE ZONAS FRANCAS EN SU CARÁCTER DE COMITÉ DE VIGILANCIA DE LA ZONA FRANCA PERICO RESUELVE: ARTICULO 1º.- Apruébese el Contrato de Usuario Indirecto celebrado entre SMG SRL, CUIT 30- 71102383-2; y AB CONSTRUCCIONES SRL., CUIT. Nº 30-57637424-7, en su condición de Usuario Directo, por el periodo del 12 de julio del 2024 al 11 de julio de 2034 según el respectivo contrato. ARTICULO 2º.- Inscribase a SMG S.R.L., CUIT 30-71102383-2, bajo la denominación UIZFP 004/24 en el Registro de Usuarios Indirectos.ARTICULO 3º.- Concédase la... Leer más

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/7/2024 - Página 2

le sean aplicables a su actividad.ARTÍCULO 5º.- Notifíquese a los interesados a sus efectos.ARTICULO 6º.- Remítase copia de la presente Resolución a la Administración Federal de Ingresos Públicos- Dirección General de Aduanas (AFIP-DGA) Seccional Jujuy, a los fines previstos en el inc. C, punto 2 de la Res, AFIP 270/98.ARTICULO 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy. Cumplido. Archívese.D.I. José Francisco Rossetto Presidente ... Leer más

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/7/2024 - Página 3

Julio, 29 de 2024.- Boletín Oficial Nº 84 3 Ente de Adm. de Zonas Francas ENTE DE ADMINISTRACIÓN DE ZONAS FRANCAS RESOLUCION GENERAL Nº 005/2024.SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 MAY. 2024.EL ENTE DE ADMINISTRACION DE ZONAS FRANCAS DE JUJUY EN SU CARÁCTER DE COMITÉ DE VIGILACIA DE LA ZONA FRANCA PERICO RESUELVE: ARTICULO 1º.- Apruébese el Contrato de Usuario Indirecto celebrado entre MODULAR SOLUTIOS SRL, CUIT Nº 30-71755065-6 y AB CONTRUCCIONES SRL, CUIT Nº 30-57637424-7, en su condición de Usuario Directo.ARTICULO 2º.- Inscríbase a VIAP SRL, CUIT Nº 30-71496153-1; bajo la denominación UIZFP 002/24 en el Registro de Usuarios Indirectos.ARTÍCULO 3º.- Concédase la habilitación operativa del artículo 15 del Reglamento de Funcionamiento y Operación de las Zonas francas de la Provincia de Jujuy según Resolución MP 317/18 y emítase el Certificado de Usuario correspondiente.ARTÍCULO 4º.- Hágase saber a los interesados que las habilitaciones y presentación de estudios de impacto ambiental necesarios respeto de las obras de infraestructura, edificaciones e instalaciones o reformas edilicias tramitaran por ante Ente de Administración de Zonas Francas de Jujuy de acuerdo a los códigos de edificación y normas urbanísticas, ordenanzas, reglamentos de construcción, habilitaciones y preservación del Medio Ambiente que dicte o adopte el Ente de la Administración de Zonas Francas de Jujuy de acuerdo al marco normativo vigente aplicable sobre Zonas Francas, las normas aduaneras complementarias, el presente Reglamento, el Reglamento Interno, los términos del Contrato celebrado con el Concesionario y las normas de carácter general de orden municipal, provincial o nacional que le sean aplicables a su actividad.ARTÍCULO 5º.- Notifíquese a los interesados a sus efectos.ARTICULO 6º.- Remítase copia de la presente Resolución a la Administración Federal de Ingresos Públicos- Dirección General de Aduanas (AFIP-DGA) Seccional Jujuy, a los fines previstos en el inc. C, punto 2 de la Res, AFIP 270/98.ARTICULO 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy. Cumplido. Archívese.D.I. José Francisco Rossetto Presidente Ente de Adm. de Zonas Francas ENTE DE ADMINISTRACIÓN DE ZONAS FRANCAS RESOLUCION GENERAL Nº 006/2024.SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 MAY. 2024.EL ENTE DE ADMINISTRACION DE ZONAS FRANCAS DE JUJUY EN SU CARÁCTER DE COMITÉ DE VIGILACIA DE LA ZONA FRANCA PERICO RESUELVE: ARTICULO 1º.- Apruébase el tarifario presentando por la empresa Zona Franca Perico SAPEM para la presentación de servicios en la Zona Franca de Perico, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.ARTICULO 2º.- El tarifario aprobado entrara en vigencia a partir del día 27 mayo de 2024.ARTICULO 3º.- La empresa Zona Franca Perico SAPEM deberá exhibir el tarifario aprobado en lugar visible de sus oficinas y ponerlo a disposición de los usuarios de la Zona Franca.ARTICULO 4º.- Remítase copia de la presente Resolución a la administración Federal de Ingresos Públicos – Dirección General de Aduanas ( AFIP-DGA), Seccional Jujuy.ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy y archívese.D.I. José Francisco Rossetto Presidente Ente de Adm. de Zonas Francas ENTE DE ADMINISTRACIÓN DE ZONAS FRANCAS RESOLUCION Nº 008/2024.SAN SALVADOR DE JUJUY, 5 JUN. 2024.EL ENTE DE ADMINISTRACIÓN DE ZONAS FRANCAS EN SU CARÁCTER DE COMITÉ DE VIGILANCIA DE LA ZONA FRANCA PERICO RESUELVE: ARTICULO 1º.- Apruébese el Contrato de Usuario Directo celebrado entre BOSCH SRL., CUIT. n 30-69068726-9, y la concesionaria de ZFP, ZONA FRANCA PERICO SAPEM, CUIT 30-71710491- 5, por un plazo de ciento veinte (120) meses a contar a partir de la presente resolución aprobatoria, para la utilización del lote 6 de 4976,17 m2.-ARTICULO 2º.- Inscribase a BOSCH SRL., CUIT, nº 30-69068726-9, bajo la denominación UDZFP 004/24 en el Registro de Usuarios Directos.ARTICULO 3º.- Concédase la habilitación operativa del artículo 15 del Reglamento de Funcionamiento y Operación de las Zonas francas de la Provincia de Jujuy según Resolución MP 317/18 y emítase el Certificado de Usuario correspondiente.ARTICULO 4º.- Hágase saber a los interesados que las habilitaciones y presentación de estudios de impacto ambiental necesarios respecto de las obras de infraestructura, edificaciones e instalaciones o reformas edilicias tramitarán por ante el Ente de Administración de Zonas Francas de Jujuy de acuerdo a los códigos de edificación y normas urbanísticas, ordenanzas, reglamentos de construcción, habilitaciones y preservación del Medio Ambiente que dicte o adopte el Ente de Administración de Zonas Francas de Jujuy de acuerdo al marco normativo vigente aplicable sobre Zonas Francas, las normas aduaneras complementarias, el presente Reglamento, el Reglamento Interno, los términos del Contrato celebrado con el Concesionario y las normas de carácter general de orden municipal, provincial o nacional que le sean aplicables a su actividad.ARTICULO 5º.- Notifíquese a los interesados a sus efectos.ARTICULO 6º.- Remítase copia de la presente Resolución a la Administración Federal de ingresos Públicos-Dirección General de Aduanas (AFIP-DGA), Seccional Jujuy, a los fines previstos en el inc. C, punto 2 de la Res. AFIP 270/98.ARTICULO 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy. Cumplido. Archívese.D.I. José Francisco Rossetto Presidente ... Leer más

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