Agustin Miquel - CUIT 20-33433173-4

Datos Básicos y de Identificación

Apellido y NombreMIQUEL AGUSTIN
Posible DNI33.433.173
CUIT/CUIL20-33433173-4
Edad Estimada103 años
HomónimosEn el Padrón de AFIP no se han identificado otras personas con mismo nombre/s y apellido.
Personas con el mismo apellido269 personas en Argentina tienen el apellido Miquel

Informacion de AFIP

Actividad u OcupaciónServicios de consulta médica (incluye las actividades de establecimientos sin internación o cuyos servicios se desarrollen en unidades independientes a las de internación: consultorios médicos, servicios de medicina laboral)

Información de Boletines Oficiales Nacional y Provinciales

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/1/2021 - Página 4

...................................................................... Pág. 71 Resolución N° 87/MSGC/21 Se ratifica la Adenda de la Licitación Pública N° 3-UCAS/15............................................................................... Pág. 72 Resolución N° 88/MSGC/21 Se ratifica la Adenda de la Licitación Pública N° 401-1049-LPU19...................................................................... Pág. 74 Resolución N° 89/MSGC/21 Se convalida la prórroga de la Beca Adscripta Honoraria a Agustín Miquel......................................................... Pág. 75 Resolución N° 90/MSGC/21 Se convalida el otorgamiento de Beca Adscripta Honoraria a Gonzalo José Gordillo......................................... Pág. 76 Resolución N° 5/SSAPAC/21 Se... Leer más

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 21/1/2021 - Página 76

Nº 6041 - 21/01/2021 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 76 CONSIDERANDO: Que el Hospital Oftalmológico “Santa Lucía” solicita se le conceda la prórroga de la Beca Adscripta Honoraria al Doctor Agustín Miquel, D.N.I. Nº 33.433.173, M.N. N° 145.974, en la disciplina de Oftalmología, para continuar desempeñándose en ese Hospital en calidad de Profesional Adscripto Honorario; Que el profesional ha dado cumplimiento a los términos de la Resolución Nº 90/MCBA/86; Que, conforme lo normado en el Decreto Nº 2310/98 reglamentado por la Resolución Nº 1231/SS/01, el Hospital deberá verificar mensualmente la vigencia de la cobertura del seguro de responsabilidad civil por mala praxis; Que la Dirección General de Docencia... Leer más

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