Andina Solar S.a. - CUIT 30-71533337-2

Datos Básicos y de Identificación

Razón SocialANDINA SOLAR S.A.
CUIT30-71533337-2

Informacion de AFIP

Actividad u OcupaciónGeneración de energía n.c.p. (incluye la producción de energía eléctrica mediante fuentes de energía solar, biomasa, eólica, geotérmica, mareomotriz, etc.)

Información de Boletines Oficiales Nacional y Provinciales

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/04/2022 - Primera Sección - Página 28

de diciembre de 2021 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y CONSIDERANDO: Que las actuaciones citadas en el Visto, tienen origen en la interposición de un reclamo administrativo impropio por parte de la firma ANDINA SOLAR S.A., contra la Resolución N° 1.260 de fecha 27 de diciembre de 2021 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA. Que a través de la referida resolución, se dispuso que, para todos aquellos titulares de proyectos de generación de energía eléctrica de fuente renovable que resultaron adjudicatarios de Contratos de Abastecimiento de Energía Eléctrica Renovable, suscriptos con la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), en el marco de las Rondas 1, 1.5... Leer más

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/04/2022 - Primera Sección - Página 29

impugna un acto de alcance general, puesto que la firma ANDINA SOLAR S.A. es a quien le resulta plenamente aplicable la Resolución N° 1.260/21 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, y sus perjudiciales consecuencias, al estar desarrollando un proyecto que se rige por las reglas del Programa RenovAr, que ha sido modificado sustancialmente a través de la resolución que aquí se recurre. Que finalmente, solicitó la suspensión de forma urgente e inmediata, de los efectos del acto cuestionado, hasta tanto se dicte resolución firme respecto del presente reclamo. Que, en principio, corresponde dar tratamiento al reclamo administrativo impropio interpuesto, conforme con lo previsto en el Inciso a) del Artículo 24 de la Ley Nacional de Procedimientos... Leer más

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/04/2022 - Primera Sección - Página 31

Boletín Oficial Nº 34.895 - Primera Sección 31 Miércoles 6 de abril de 2022 Que no resulta ocioso mencionar que la reclamante, al plantear vicios en el acto impugnado, no sustenta la existencia de los mismos con ningún elemento de prueba. Muy por el contrario, surge de las presentes actuaciones que no se ha lesionado ninguno de los elementos sustanciales del acto, por lo que los planteos de la firma ANDINA SOLAR S.A. sobre los supuestos vicios, no dejan de ser sólo afirmaciones dogmáticas y sin ningún tipo de sustento en los hechos, resultando meras disconformidades que no alcanzan a enervar la legitimidad del acto cuestionado. Que, con relación a lo alegado sobre el supuesto trato discriminatorio, respecto a lo previsto para el... Leer más

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