d.- La concesión de préstamos o créditos hipotecarios bajo la forma de pago aplazado, apertura de crédito o cualquier otro medio equivalente de financiación, según lo dispuesto en el Artículo 1 de la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con lo consumidores de préstamos o.