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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/7/2010 - Página 72

”, Expte. Nº 6186, cita y emplaza a los herederos y acreedores que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SALVADOR HIDALGO, vecino que fuera de esta ciudad de Gualeguay y que falleciera en esta ciudad de Gualeguay, el día 30 de junio de 2009, para que se presenten dentro del término de diez (10) días, que se contarán a partir de la última publicación del presente. Gualeguay, 29 de junio de 2010 - María Elina Corral de Ludueña, secretaria. ... Leer más

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/12/2007 - Página 27

Sumarios dependiente de la Fiscalía de Estado, a sus efectos. - -----DECRETO Nº 2408 MSAS - Paraná, 18 de mayo de 2007 Concediendo una prórroga de 120 días hábiles a partir del 23.08.06, a la Dirección de Sumarios dependiente de Fiscalía de Estado, para la finalización del sumario administrativo dispuesto instruir mediante Decreto Nº 312/06 MSAS, a los Dres. Cecilia Lidia Denardi, DNI Nº 20.099.479 y Salvador Hidalgo, legajo Nº 130.522, por estar sus conductas presuntamente incursa en la causal de cesantía prevista en el artículo 46º, inciso d) de la Ley 9190, Carrera Profesional Hospitalaria, con funciones en el Hospital “San Antonio” del Departamento Gualeguay. Pasando las presentes actuaciones a la Dirección de Sumarios dependiente de la... Leer más

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/11/2008 - Página 40

), de la Ley 9190- Carrera Profesional Hospitalaria, al haber quedado suficientemente probados los cargos que se le enrostran a la profesional en cuestión, y de acuerdo a lo expresado en el presente decreto. Art. 3º -- Aplícase la sanción de cesantía al doctor Salvador Hidalgo, legajo Nº 130.522, quién revista como jefe de Clínica (i), de la Carrera Profesional Hospitalaria, Escalafón Sanidad, Hospital “San Antonio” de Gualeguay, por haber quedado su conducta incursa en lo establecido por el artículo 46º, inciso d), de la Ley 9190- Carrera Profesional Hospitalaria, quedando probado la falta de una adecuada intervención del galeno en cuestión, para interrumpir o desviar el curso causal de los acontecimientos que culminaron en la muerte del menor Nicolás Bogarín, y de conformidad a lo expuesto en los considerandos precedentes. Art. 4º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud y Acción Social. Art. 5º -- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. - SERGIO D. URRIBARRI - Ángel F. Giano Consejo General de Educación ... Leer más

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/3/2008 - Página 8

Secretaría de Salud, para que por su intermedio se abone a favor de la ex agente Juana Yolanda Torres, DNI Nº 10.824.266, la suma de $ 4.734, en concepto de lo reconocido anteriormente. - -----DECRETO Nº 7222 MSAS - Paraná, 20 de noviembre de 2007 Reconociendo una prórroga de 120 días hábiles a partir del 23.4.07, a la Comisión Asesora de Disciplina, para emitir dictamen sobre el fondo de la cuestión en el sumario administrativo ordenado por Decreto Nº 312/06 MSAS, a la Dra. Célica Lidia Denardi, DNI Nº 20.099.479 y al Dr. Salvador Hidalgo, legajo Nº 130.522, ambos con funciones en el Hospital "San Antonio" de Gualeguay, por estar sus conductas presuntamente incursas en la causal de cesantía prevista en el artículo 46º, inciso d) de la Ley... Leer más

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/2/2007 - Página 38

Art. 3º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud y Acción Social. Art. 4º -- Regístrese, comuníquese, publíquese, notifíquese por Area Mesa de Entradas del Ministerio de Salud y Acción Social y pasen ls presentes actuaciones a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a sus efectos. - JORGE P. BUSTI - Gustavo E. Bordet - -----DECRETO Nº 109 MSAS - RECHAZANDO RECURSO - Paraná, 31 de enero de 2007 VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita el recurso de revocatoria interpuesto por los agentes Zélica Lidia Denardi, DNI Nº 20.099.479 y Salvador Hidalgo, DNI Nº 7.629.801, contra el Decreto Nº 312/06 MSAS por el cual se les dispuso la instrucción de un sumario... Leer más

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/11/2008 - Página 30

- APROBANDO Y FINALIZANDO SUMARIO - Paraná, 7 de febrero de 2008 VISTO: El Decreto Nº 312 MSAS del 17.2.06; y CONSIDERANDO: Que por el mencionado decreto se dispuso la instrucción de un sumario administrativo a la doctora Célica Lidia Denardi, DNI Nº 20.099.479, quien revista como médica suplente, y al doctor Salvador Hidalgo, legajo Nº 130.522, quién revista como jefe de Clínica (i) –ambos de la Carrera Profesional Hospitalaria, Escalafón Sanidad, del Hospital “San Antonio” de Gualeguay, por estar sus conductas presuntamente incursas en la causal de cesantía prevista en el artículo 46º, inciso d), de la Ley 9190- Carrera Profesional Hospitalaria, encontrándose, además, los profesionales en cuestión suspendidos en sus funciones, en virtud... Leer más

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/11/2008 - Página 35

de determinación entre la comentada violación al deber objetivo de cuidado y el resultado de muerte verificado en autos, de acuerdo a los informes médicos obrantes, como el informe forense de fojas 152/154, que da cuenta que una atención especial en Pediatría unas 20 horas, antes de la muerte, podría haber evitado este resultado, el niño Bogarín fue llevado a la Guardia del Hospital “San Antonio” de Gualeguay para que fuera atendido en razón de la dolencia que padecía por el médico a cargo de la Guardia, y la atención del doctor Salvador Hidalgo era requerida en virtud de sus conocimientos médicos, esto es “conocimientos especiales”, debiendo formular las prescripciones médicas que exigía la gravedad o posibles complicaciones, máxime... Leer más

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/11/2008 - Página 38

atención del médico de Guardia General el doctor Salvador Hidalgo, obligación ésta específica de “atender con solicitud y cortesía a toda persona que concurra en requerimiento del servicio” se encuentra expresamente contemplada dentro de las obligaciones a cargo del Servicio Médico Hospitalario, conforme lo establece el artículo 29º, inciso 4º; de la Ley 9190- Carrera Profesional Hospitalaria; Que al prestar declaración indagatoria la doctora Denardi, de fojas 52 a 54 de autos, manifestó que: “ ... ingresó a la guardia a las ocho de la mañana ese día seis de septiembre de 2005, su actividad consiste en atender catorce pacientes para el caso que la sala de Pediatría esté completa o la cantidad que hubiere al momento de realizar la misma, esto... Leer más

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/11/2008 - Página 31

habitual de proceder ante los pacientes. También se opone la encartada a la imputación que le pesa, de haber negado atención al niño, fundándose en que aproximadamente a las 18:30 horas del día 6 de septiembre, .. sin poder precisar con exactitud el horario, estuvo llevando un paciente a la sala de Rayos, no recuerda el nombre del paciente, recuerda que debió concurrir a ayudar a la técnica a sostener al paciente, luego fue a la maternidad a corregir una hipoglucemia de un recién nacido a la mañana y después estuvo en la sala de Pediatría atendiendo un caso social con los abuelos de un paciente de nombre Pablo Piaggio....”; Que de fojas 55/57 de autos, obra acta de declaración indagatoria del doctor Salvador Hidalgo, expresando que él lo atendió... Leer más

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/11/2008 - Página 37

atento a ello y habiéndose respetado a lo largo del procedimiento sumarial todas las garantías constitucionales, como un amplio ejercicio del derecho de defensa del encartado, interviniendo la defensa técnica en las actuaciones, a partir de la declaración indagatoria de su defendido, haciendo uso de su derecho de control tanto de la prueba de cargo como de las propias audiencias testimoniales ofrecidas por las partes y, sin haber cuestionado las mismas o puesto en crisis piezas incorporadas a la causa en oportunidad legal; Que al considerar la sanción que cuadraría aplicar al doctor Salvador Hidalgo, sobre la autoría y responsabilidad en los hechos enrostrados, teniendo presente que si bien el sumariado no posee antecedentes disciplinarios... Leer más