Periódico Oficial de Puebla del día 13/06/2023 - Tercera Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Martes 13 de junio de 2023

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
3

GOBIERNO FEDERAL
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
PUBLICACIÓN de los puntos resolutivos de la Resolución dictada por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, con fecha 11 de marzo de 2022, dentro del Expediente 169/18-RA1-01-8.
Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. Tribunal Federal de Justicia Administrativa. TFJA. Sala Auxiliar en Materia de Responsabilidades Administrativas Graves y Segunda Sala Auxiliar.
PRIMERO. Se establece que si existen elementos para determinar la comisión de la falta administrativa grave de utilización de información falsa atribuida a la persona moral RODAFE INGENIERÍA Y SUPERVISIÓN, S.
DE R.L. DE C.V., y por tanto sí es responsable administrativamente por la comisión de dicha conducta.
SEGUNDO. Se impone a la persona moral RODAFE INGENIERÍA Y SUPERVISIÓN, S. DE R.L. DE C.V., la sanción administrativa consistente en la inhabilitación temporal para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, por un periodo de tres meses.
TERCERO. En términos del artículo 226, fracción I de la Ley General de Responsabilidades Administrativas 16, una vez que haya causado ejecutoria la presente resolución, gírese officio al Director del Diario Oficial de la Federación, así como a los directores de los periódicos oficiales de las entidades Federativas, para su publicación.
CUARTO. CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 193, FRACCIÓN VI17 Y 209, FRACCIÓN V,18 DE
LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, NOTIFÍQUESE POR OFICIO al TITULAR DEL ÁREA DE RESPONSABILIDADES DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA en funciones de AUTORIDAD SUBSTANCIADORA; al TITULAR DEL ÁREA DE QUEJAS DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL SERVICIO DE
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA en funciones de AUTORIDAD INVESTIGADORA y a la SUBADMINISTRADORA DE LICITACIONES DE OBRA PÚBLICA, DE LA ADMINISTRACIÓN DE
RECURSOS MATERIALES DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE RECURSOS Y SERVICIOS DEL
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA en calidad de TERCERO LLAMADO A
PROCEDIMIENTO; y PERSONALMENTE a RODAFE INGENIERÍA Y SUPERVISIÓN, S. DE R.L. DE C.V.
en su carácter de PARTICULAR VINCULADO A FALTA ADMINISTRATIVA GRAVE.
Así lo resolvieron y firman, los Magistrados que integran la Sala Auxiliar en Materia de Responsabilidades Administrativas Graves y Segunda Sala Auxiliar del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, a once de marzo de dos mil veintidós. La Titular de la Primera Ponencia. MAGISTRADA MARÍA OZANA SALAZAR PÉREZ.
Rúbrica. El Titular de la Segunda Ponencia e Instructor en el Juicio. MAGISTRADO AVELINO C. TOSCANO
TOSCANO. Rúbrica. La Licenciada MARÍA VIANEY PALOMARES GUADARRAMA. Rúbrica. Firmando la Primera Secretaria de Acuerdos de la Tercera Ponencia de esta Sala, por ausencia definitiva de Magistradoa Titular de la misma, con fundamento en el artículo 48, segundo párrafo y 59, fracción X, de la Ley Orgánica de este Tribunal, en relación con el Acuerdo G/JGA/53/2020 aprobado por la Junta de Gobierno y Administración de este Tribunal el diez de septiembre de dos mil veinte, publicado en la página oficial de este Tribunal http www.tfja.gob.mx. La Secretaria de Acuerdos. LICENCIADA LAILA ITZEL GARCÍA VERDEJA. Rúbrica.
16
Artículo 226. Cuando haya causado ejecutoria una sentencia en la que se determine la comisión de Faltas de particulares, el Tribunal, sin que sea necesario que medie petición de parte y sin demora alguna, girará oficio por el que comunicará la sentencia respectiva así como los puntos resolutivos de esta para su cumplimiento, de conformidad con las siguientes reglas:

1. Cuando el particular haya sido inhabilitado para participar con cualquier carácter en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, el Tribunal ordenará su publicación al Director del Diario Oficial de la Federación, así como a los directores de los periódicos oficiales de las entidades federativas, y 17

Articulo 193. Serán notificados personalmente:

VI. La resolución definitiva que se pronuncie en el procedimiento de responsabilidad administrativa, y

18

Artículo 209. En los asuntos relacionados con Faltas administrativas graves o Faltas de particulares, se deberá proceder de conformidad con el procedimiento previsto en este artículo.

V. La resolución, deberá notificarse personalmente al presunto responsable. En su caso, se notificará a los denunciantes únicamente para su conocimiento, y al jefe inmediato o al titular de la dependencia o entidad, para los efectos de su ejecución, en un plazo no mayor de diez días hábiles.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 13/06/2023 - Tercera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaísMéxico

Fecha13/06/2023

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones1164

Primera edición06/03/2015

Ultima edición19/06/2024

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