Periódico Oficial de Puebla del día 05/06/2023 - Tercera Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Lunes 5 de junio de 2023

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
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II. Tener dieciocho años cumplidos el día de la elección;
III. a VII.
Artículo 91. Para ser Secretario de Estado se requiere: ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en ejercicio de sus derechos y tener veinticinco años cumplidos.

Transitorios Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Dentro de los 180 días naturales siguientes a su entrada en vigor, el Congreso de la Unión y las Legislaturas de las Entidades Federativas, deberán ajustar sus Constituciones y demás legislación que sea necesaria, a fin de dar cumplimiento al presente Decreto.
En mérito de lo anterior, la Sexagésima Primera Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, aprueba reformar los artículos 55 y 91 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de edad mínima para ocupar un cargo público.
Comuníquese a la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, para los efectos previstos en el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Decreto deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado.
EL GOBERNADOR SUBSTITUTO hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los diecinueve días del mes de mayo de dos mil veintitrés. Diputada Presidenta. MÓNICA RODRÍGUEZ DELLA VECCHIA. Rúbrica. Diputada Vicepresidenta. AZUCENA ROSAS TAPIA. Rúbrica. Diputada Vicepresidenta. LAURA IVONNE ZAPATA
MARTÍNEZ. Rúbrica. Diputado Secretario. EDGAR VALENTÍN GARMENDIA DE LOS SANTOS. Rúbrica.
Diputada Secretaria. MÓNICA SILVA RUIZ. Rúbrica.
Por lo tanto con fundamento en lo establecido por el artículo 79 fracción III de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los veintidós días del mes de mayo de dos mil veintitrés. El Gobernador Substituto del Estado Libre y Soberano de Puebla. LICENCIADO SERGIO
SALOMÓN CÉSPEDES PEREGRINA. Rúbrica. El Secretario de Gobernación. CIUDADANO JULIO
MIGUEL HUERTA GÓMEZ. Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 05/06/2023 - Tercera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaísMéxico

Fecha05/06/2023

Nro. de páginas3

Nro. de ediciones1164

Primera edición06/03/2015

Ultima edición19/06/2024

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