Periódico Oficial de Puebla del día 10/05/2023 - Tercera Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Miércoles 10 de mayo de 2023

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
43

TERCERO. Que, de acuerdo con lo previsto por los artículos 24, fracción I, de la Ley y 22, fracción IV, del Programa Estatal, es procedente la regularización del predio urbano ubicado en Calle 3 Oriente, Número 13, Localidad de La Magdalena Tetela Morelos, Municipio de Acajete, Estado de Puebla, con Clave Catastral 21
001 005 044 0028 000 y número de cuenta predial U-73720, con una superficie de terreno de 221.32 metros cuadrados, que conforme con el registro catastral expedido por la autoridad competente, cuenta con las siguientes medidas y colindancias: ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------AL NORESTE:

8.60

MTS.

COLINDA CON GILBERTO VARGAS;

AL NOROESTE:

25.84

MTS.

COLINDA CON ALBERTO GASCA DOMÍNGUEZ;

AL SURESTE:

25.49

MTS.

COLINDA CON ANTOLÍN GASCA;

AL SUROESTE:

8.65

MTS.

COLINDA CON CALLE 3 ORIENTE.

CUARTO. Que, en el presente procedimiento administrativo de regularización de predios, se respetaron las garantías de audiencia, legalidad y debido proceso de quienes pudieran tener algún interés en el mismo, conforme a lo previsto en los artículos 23, 24, fracción I, de la Ley, 11 y 22, del Programa Estatal. -----------------------------------Como consecuencia de lo anterior, se proceda a la inscripción del Título de Propiedad generado con motivo de esta resolución administrativa, que deberá ser agregada como apéndice en el folio real inmobiliario que le asigne el Registro Público de la Propiedad correspondiente, para los efectos previstos en el artículo 39, fracción II, de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Puebla.--------------------------------------------------------------------Por lo expuesto y fundado se RESUELVE:
PRIMERO. Que, resultó procedente la regularización por la vía administrativa, respecto del predio cuyos datos han quedado descritos en los RESULTANDOS SEGUNDO y QUINTO, así como CONSIDERANDO
TERCERO, de la presente resolución. ----------------------------------------------------------------------------------------------SEGUNDO. Que, en virtud de lo expuesto en el punto inmediato anterior, se proveerá lo necesario para su publicación en el Periódico Oficial del Estado, de la presente resolución administrativa, así como en los estrados de la Presidencia Municipal de Acajete, Juntas Auxiliares, Inspectorías y/o Juzgado Municipal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 24, fracción II, 32 y 33, de la Ley, 8 y 22, del Programa Estatal.------------------------------TERCERO. Genérese el Título de Propiedad a partir de que la presente resolución administrativa cause estado y como consecuencia solicítese a la Oficina Registral de la circunscripción territorial que corresponda del Instituto Registral y Catastral del Estado de Puebla, proceda a su inscripción debiendo correr agregada copia certificada de la presente resolución como apéndice de dicho Título, conforme a lo previsto por los artículos 13, fracción III y 24, fracción III, de la Ley; 22 y 24, del Programa Estatal. ----------------------------------------------------------------------------CUARTO. Notifíquese la presente resolución por los medios legales correspondientes y en su oportunidad, archívese este expediente como asunto total y definitivamente concluido. CÚMPLASE. ---------------------------------Así lo resolvió y firma en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los seis días del mes de abril del año dos mil veintidós. La Secretaria de Gobernación. C. ANA LUCÍA HILL MAYORAL. En uso de las facultades que le confiere La Ley y el Programa Estatal. Rúbrica. Asistida por El Subsecretario de Desarrollo Político. C. VÍCTOR
ALEJANDRO CORREAU GALEAZZI. Rúbrica. Y El Director General de Tenencia de la Tierra y Población.
C. LORENZO MARTÍNEZ BENÍTEZ. Conforme a lo previsto en el artículo 8, de La Ley. Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 10/05/2023 - Tercera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

PaísMéxico

Fecha10/05/2023

Nro. de páginas43

Nro. de ediciones1164

Primera edición06/03/2015

Ultima edición19/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Mayo 2023>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031