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Periódico Oficial de Puebla del día 27/12/2023 - Segunda Sección
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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección
Miércoles 27 de diciembre de 2023
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Segunda Sección
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GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO del Honorable Congreso del Estado, por el cual expide la Zonificación Catastral y las Tablas de Valores Unitarios de Suelos Urbanos y Rústicos; así como los Valores Catastrales de Construcción por metro cuadrado, para el Municipio de Tepetzintla.
Al margen el logotipo del Congreso, con una leyenda que dice: Honorable Congreso del Estado de Puebla.
LXI Legislatura. Orden y Legalidad.
LICENCIADO SERGIO SALOMÓN CÉSPEDES PEREGRINA, Gobernador Substituto del Estado Libre y Soberano de Puebla, a sus habitantes sabed:
Que por la Secretaría del H. Congreso, se me ha remitido el siguiente:
EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Que en Sesión Pública Ordinaria celebrada con esta fecha, el Honorable Congreso del Estado tuvo a bien aprobar el Dictamen con Minuta de Decreto emitido por la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal de la Sexagésima Primera Legislatura, por virtud del cual se expide la zonificación catastral y tablas de valores unitarios de suelos urbanos y rústicos, así como los valores catastrales de construcción por metro cuadrado, del Municipio de Tepetzintla, Puebla, para el Ejercicio Fiscal de dos mil veinticuatro; y
CONSIDERANDO
Que en cumplimiento al artículo 115, fracción IV, párrafos tercero y cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como lo dispuesto por los artículos 57, fracción XXVIII, 103, fracción III, inciso d de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; y 78, fracción VIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado Libre y Soberano de Puebla, que prevén la facultad de los Ayuntamientos de proponer al Honorable Congreso del Estado de Puebla, las zonas catastrales y las tablas de valores unitarios de suelo y construcción que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria, se determina aprobar la zonificación catastral y las tablas de valores unitarios de suelos urbanos y rústicos, y los valores catastrales de construcción por metro cuadrado del Municipio antes mencionado.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en los artículos 56, 57 fracción I, 64 y 67 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 134, 135 y 136 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla; 93 fracción VII y 120 fracciones II y VII del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, se emite la siguiente Minuta de:
ZONIFICACIÓN CATASTRAL Y DE VALORES UNITARIOS DE SUELOS URBANOS
Y RÚSTICOS EN EL MUNICIPIO DE TEPETZINTLA, PUEBLA, PARA EL
EJERCICIO FISCAL DOS MIL VEINTICUATRO