Periódico Oficial de Puebla del día 05/06/2023 - Primera Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Primera Sección

Lunes 5 de junio de 2023

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Segunda Sección
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III. Preservar y proteger el patrimonio de las personas y los bienes públicos y privados;
IV. Fortalecer las reglas básicas para procurar una convivencia armónica de corresponsabilidad para mejorar el entorno y la calidad de vida de las personas;
Promover el desarrollo humano y familiar, a través de entornos seguros para las familias, y VI. Determinar las acciones para su cumplimiento.
ARTÍCULO 3. Se consideran como infracciones al Bando de Policía y Gobierno, las acciones u omisiones que alteren o afecten el orden y la seguridad pública.
ARTÍCULO 4. Para efectos de este Bando de Policía y Gobierno, se entiende por:
I. AMONESTACIÓN: La llamada de atención, pública o privada, que el Juez haga al infractor. La amonestación privada se realizará si se trata de la primera infracción cometida, y se hará amonestación pública en caso de reincidencia;
II. ARRESTO: A la detención de una o más personas por un periodo no mayor de hasta treinta y seis horas, que se cumplirán en el lugar destinado para tal efecto;
III. AYUNTAMIENTO: El Honorable Ayuntamiento del Municipio de Tulcingo Puebla;
IV. BANDO: El Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Tulcingo Puebla;
V. FALTA O INFRACCIÓN: La acción u omisión sancionada por el presente Ordenamiento;
VI. INFRACTOR: La persona a la cual se le ha determinado formalmente la responsabilidad de una infracción;
VII. JUEZ CALIFICADOR: La Autoridad Municipal encargada de conocer, calificar y determinar la existencia de infracciones al presente Bando, y en su caso mediar o conciliar los conflictos que planteen las partes, así como ejecutar las sanciones a que se refiere el presente Bando;
VIII. LUGAR PRIVADO: Todo espacio de propiedad o posesión particular al que se tiene acceso únicamente con la autorización del propietario o poseedor; o en cumplimiento del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;
IX. LUGAR PÚBLICO: El que sea de uso común, acceso público o libre tránsito, siendo éstos la vía pública, paseos o jardines, parques, mercados, panteones, centros de recreo, deportivos, comerciales o de espectáculos, inmuebles públicos, bosques, vías terrestres de comunicación ubicados dentro del Municipio, los medios destinados al servicio público de transportes y los estacionamientos públicos;
X. MULTA: La sanción económica impuesta al infractor que consiste en pagar una cantidad de dinero y que se calculará conforme a la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de cometerse la infracción;
XI. MUNICIPIO: El Municipio de Tulcingo Puebla;
XII. ORDEN PÚBLICO: El respeto y preservación de la integridad, derechos humanos y libertades de las personas, así como los de la comunidad; el buen funcionamiento de los servicios públicos, la conservación del medio ambiente y de la salubridad general, incluyendo el respeto del uso o destino de los bienes del dominio público para beneficio colectivo;

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 05/06/2023 - Primera Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Primera Sección

PaísMéxico

Fecha05/06/2023

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones1072

Primera edición20/07/2015

Ultima edición18/06/2024

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