Periódico Oficial del Estado de México del día 24/03/2017 (Sección Sexta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Sexta)

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24 de marzo de 2017

7.3. Requisitos.
Los participantes deberán cumplir con lo siguiente:
Presentar el certificado clínico emitido por una institución de salud pública que especifique el trastorno del espectro autista.
7.4. Integración del expediente.
Copia simple de la C.U.R.P. en su defecto copia certificada de acta de nacimiento.
Comprobante de domicilio.
Identificación oficial del padre o tutor.
Constancia de estudios.
Certificado médico expedido por una institución de salud pública que señale la discapacidad.
7.5. Criterios de prioridad.
Se dará preferencia en el programa a los estudiantes que:
Estén inscritos en escuelas públicas del nivel básico del subsistema educativo estatal y federalizado y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes reglas de operación.
Los demás que determine el Comité.
7.6. Registro.
La captura se realizará por parte del director escolar o su equivalente en el sistema de registro correspondiente determinado por el Comité.
7.7. Formato.
El que proporcione el sistema de registro determinado por el Comité.
7.8. Integración del padrón.
Las instancias ejecutoras integrarán y mantendrán actualizado un padrón de beneficiarios con el objeto de:
Establecer y administrar un sistema de información y datos de la población beneficiada.
Contar con información fidedigna que permita medir el impacto del programa y la participación de la sociedad.
Dar seguimiento a las acciones y cumplimiento de responsabilidades derivadas de las presentes reglas de operación.
7.9. Derechos de los beneficiarios.
Recibir la asesoría necesaria para entregar todos los documentos que se requieren para realizar su registro.
Ser tratados con respeto, equidad y con base en el derecho a la no discriminación.
Recibir la beca económica correspondiente a través de los padres o tutores.
7.10. Obligaciones de los beneficiarios.
Conocer y cumplir las presentes reglas de operación.
Proporcionar la información que le sea requerida por las instancias ejecutoras, según lo marcan las reglas de operación.
7.11. Causas de cancelación y terminación del apoyo económico.
Son causas de cancelación del apoyo económico:
Incumplir con las obligaciones establecidas en el programa.
Proporcionar datos falsos.
Alterar documentación o informes requeridos.
Renunciar por escrito a continuar en el programa.
Es causa de terminación del apoyo económico:
Haber recibido el apoyo.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 24/03/2017 (Sección Sexta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Sexta)

PaísMéxico

Fecha24/03/2017

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones429

Primera edición05/01/2000

Ultima edición21/12/2022

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