Periódico Oficial del Estado de México del día 17/11/2017 (Sección Segunda)

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

Página 2

17 de noviembre de 2017

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

LICENCIADA EN DERECHO ALEJANDRA NORIEGA ORTEGA, DIRECTORA GENERAL, DEL ORGANISMO PÚBLICO
DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL DENOMINADO TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE
IXTAPALUCA, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1, 34, 65, 78 Y 129 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 1, 2, 3, 13, 45 Y 47 DE LA LEY
ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO MÉXICO; 12 Y 13 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO; Y 11 FRACCIONES V Y IX DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL
TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE IXTAPALUCA; Y
CONSIDERANDO
Que por Decreto General del Congreso de los Estado Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 04 de enero de 2000, se expidió la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, ordenamiento que tiene por objeto regular los actos relativos a la planeación, programación, presupuestación, ejecución y control de adquisición, enajenación y arrendamientos de bienes y la contratación de servicios de cualquier naturaleza, que realicen las Dependencias y los Organismos Auxiliares, con legislación Federal y Estatal.
Que con el propósito de cumplir de manera oportuna con los abastecimientos que requieren diversas áreas del TECNOLÓGICO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE IXTAPALUCA T.E.S.I., se están llevando a cabo procesos relacionados con la adquisición de bienes, bajo los procedimientos: Invitación a Cuando Menos Tres Personas y Adjudicación Directa.
Que el periodo vacacional de fin de año del T.E.S.I., inicia oficialmente el veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete y hasta el cinco de enero de dos mil dieciocho, por lo que no son laborables; y, en términos del artículo 13 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, las autoridades administrativas tienen plena facultad para habilitarlos y de esta manera dar cumplimiento a los actos necesarios para el ejercicio de sus atribuciones y funciones.
Que en Tercera Sesión Extraordinaria celebrada el día seis de noviembre de dos mil diecisiete, los integrantes del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de este Tecnológico, determinaron habilitar días y horas con la finalidad de no desfasar los Procedimientos Adquisitivos que se encuentran en trámite, y programar su realización durante los últimos meses de dos mil diecisiete, mismos que serán desahogados con oportunidad, y que por su naturaleza y tipo de recursos resulta necesaria su conclusión.
En mérito de lo expuesto y fundada, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO DE LA DIRECTORA GENERAL, POR EL QUE SE HABILITAN DÍAS Y HORAS PARA LA REALIZACIÓN DE
PROCEDIMIENTOS ADQUISITIVOS DE BIENES Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, POR PARTE DEL
DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES, A TRAVÉS DE LOS PROCEDIMIENTOS
ESTABLECIDOS EN LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y SU
REGLAMENTO.
PRIMERO: Se habilitan los días dieciocho, diecinueve, veinte, veinticinco y veintiséis del mes de noviembre de dos mil diecisiete, así como los días dos , tres, nueve, diez, dieciséis, diecisiete, veintiuno, veintidós, veintitrés, veinticuatro, veinticinco, veintiséis, veintisiete, veintiocho, veintinueve, treinta y treinta y uno de diciembre de dos mil diecisiete, para que el Departamento de Recursos Humanos y Materiales pueda substanciar los procesos adquisitivos de bienes y contratación de servicios hasta la comunicación del fallo, por lo que para esos efectos correrán los plazos establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento.
SEGUNDO: Notifíquese el contenido del presente acuerdo a las personas físicas y jurídico-colectivas relacionadas con los diversos actos que deban llevarse a cabo en el periodo habilitado.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 17/11/2017 (Sección Segunda)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

PaísMéxico

Fecha17/11/2017

Nro. de páginas36

Nro. de ediciones4521

Primera edición04/01/2000

Ultima edición19/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2017>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930