Periódico Oficial del Estado de México del día 24/02/2023 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Viernes 24 de febrero de 2023

Sección Primera
Tomo: CCXV No. 36

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE CULTURA Y TURISMO
Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo que dice: IIFAEM, Instituto de Investigación y Fomento de las Artesanías del Estado de México.
FE DE ERRATAS al Reglamento Interno del Instituto de Investigación y Fomento de las Artesanías del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial Gaceta de Gobierno el 07 de diciembre de 2022, Sección primera, Tomo CCXIV, pagina 10.
DICE
Artículo 11. La persona titular de la Dirección General tendrá las atribuciones siguientes:

DEBE DECIR
Artículo 11. La persona titular de la Dirección General tendrá las atribuciones siguientes:

I. Coordinar las acciones para el rescate, la preservación, comercialización, fortalecimiento y fomento de la actividad artesanal y las artes populares en la Entidad;

I. Coordinar las acciones para el rescate, la preservación, comercialización, fortalecimiento y fomento de la actividad artesanal y las artes populares en la Entidad;

II. Planear, programar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las funciones encomendadas al Instituto;

II. Planear, programar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las funciones encomendadas al Instituto;

III. Representar legalmente al Instituto con las facultades de una persona apoderada general para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio, con todas las facultades que requieran cláusula especial, conforme a las disposiciones en la materia, así como sustituir y delegar esta representación en una o más personas apoderadas para que las ejerzan individual o conjuntamente; para actos de dominio requerirá de la autorización expresa de la Secretaría de Finanzas y del Consejo Directivo de acuerdo con la legislación vigente;

III. Representar legalmente al Instituto con las facultades de una persona apoderada general para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio, con todas las facultades que requieran cláusula especial, conforme a las disposiciones en la materia, así como sustituir y delegar esta representación en una o más personas apoderadas para que las ejerzan individual o conjuntamente; para actos de dominio requerirá de la autorización expresa de la Secretaría de Finanzas y del Consejo Directivo de acuerdo con la legislación vigente;

III. Ejecutar los acuerdos y resoluciones que emita el Consejo Directivo, dictando las medidas necesarias para su cumplimiento;

IV. Ejecutar los acuerdos y resoluciones que emita el Consejo Directivo, dictando las medidas necesarias para su cumplimiento;

IV

V

V

VI

VI

VII

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VIII

VIII

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XII

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Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 24/02/2023 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha24/02/2023

Nro. de páginas88

Nro. de ediciones5207

Primera edición03/01/2000

Ultima edición05/07/2024

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