Periódico Oficial del Estado de México del día 25/04/2016 (Sección Cuarta)
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)
25 de abril de 2016
Página 3
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
SEGUNDO.- Este Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
TERCERO.- Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan al presente Decreto.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil dieciséis.- Presidente.- Dip. Raymundo Edgar Martínez Carbajal.- Secretarios.- Dip. Miguel Ángel Xolalpa Molina.- Dip. Marisol Díaz Pérez.- Dip. Jesús Sánchez Isidoro.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, Méx., a 25 de abril de 2016.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
RÚBRICA.
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
RÚBRICA.