Periódico Oficial del Estado de México del día 19/04/2016 (Sección Cuarta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

Página 24

19 de abril de 2016

México, en relación a los artículos 1, 2, 3, 5, 7, 8 fracción I, 9, 10, 15, 16, 18, 20, 21, 26, 27, 36, 41 y 48 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Derecho de Vía de Carreteras Estatales y Zonas Laterales;
haciéndole saber que podrá ofrecer pruebas y alegar en la audiencia por si o por medio de defensor, y que de acreditarse el incumplimiento a alguna disposición podrá hacerse acreedor a las sanciones que establece el artículo 17.86 del Código Administrativo del Estado de México, como son la amonestación; multa de un siete por ciento del monto total de la obra o cincuenta por ciento del valor de la obra, multa de cien a cinco mil veces el salario mínimo diario vigente en el área geográfica de que se trate al momento de la comisión de la infracción, según corresponda;
demolición de la obra o retiro de las instalaciones a costa del infractor; suspensión temporal o definitiva, parcial o total; revocación de la concesión, permiso u autorización; retiro de la publicidad exterior o sus elementos; rescisión o terminación de cualquier contrato o convenio y las demás que señalen otros ordenamientos; con el apercibimiento que en caso de no comparecer el día y hora señalado sin motivo o causa justificada, se tendrá por satisfecha su garantía de audiencia en términos de lo dispuesto por el artículo 128 fracción III del Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de México.

Asimismo, se hace de su conocimiento que el expediente podrá consultarlo en las oficinas de la Unidad Jurídica ubicadas en calle Igualdad número 101, colonia Santiago Tlaxomulco, Toluca, México, en un horario de las 09:00 a.m.
a las 18:00 horas, principalmente el oficio expedido por la Coordinación de Derecho de Vía de la Dirección de Conservación de Caminos de este organismo y el dictamen de valuación de riesgo expedido por la Coordinación General de Protección Civil de la Secretaria General de gobierno del Estado de México, documentos que se tomaron como base para aplicar la MEDIDA DE SEGURIDAD consistente en el retiro o demolición de la publicidad exterior y sus elementos instalada en la vía publica en ubicada en el camellón lateral izquierdo de la Avenida Central, colonia Melchor muzquis, frente puente peatonal-Motel ABC, municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México, en términos de lo dispuesto por el artículo 17.87 fracción II del Código de Administrativo del Estado de México, que textualmente señala:

Debido a que no se cuenta con el nombre y domicilio del PROPIETARIO Y/O POSEEDOR Y/O ADMINISTRADOR
Y/O REPRESENTANTE LEGAL DE LA ESTRUCTURA PUBLICITARIA, ya que después de haber realizado una búsqueda en los archivos de esta dependencia no se encontró antecedente, así como no dio cumplimiento al artículo tercero transitorio del decreto 197 de fecha 22 de enero del 2014, publicado en la Gaceta de Gobierno del Estado de México, consistente en presentar un escrito a la Junta de Caminos, señalando el número de permiso o autorización con la que cuente, acreditar la personalidad del representante legal y señalar un domicilio para oír y recibir documentos o notificaciones dentro del Estado de México, sin que exista representante legal conocido; con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25 fracciones II, III y 26 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, se notifica el inicio de procedimiento y citatorio a garantía de audiencia, por edictos que se publiquen por una sola vez en la Gaceta de Gobierno y en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel estatal, requiriéndosele para que en el término de tres días contados a partir de su publicación señale ante esta autoridad domicilio para oír y recibir notificaciones en el Estado de México, con el apercibimiento que en caso de no hacerlo las subsecuentes notificaciones, aun cuando se trate de citaciones, requerimientos y demás actos y resoluciones que puedan ser impugnados, se realizarán por listas que se fijaran y publicaran en los estrados de estas oficinas, así como en el portal de internet de esta autoridad.
Se hace de su conocimiento que podrá impugnar el presente acuerdo dentro del término de quince días contados a partir de que surta efectos de notificación, mediante la promoción del interponer recurso administrativo de inconformidad ante esta autoridad o Juicio ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México, en términos de los artículos 188 y 238 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Así lo acordó y firma el ING. FRANCISCO RUBÉN BRINGAS PEÑALOZA, Director General de la Junta de Caminos del Estado de México, y el LIC. JOSÉ ANTONIO ÁVILA GARCÍA, Jefe de la Unidad Jurídica de este organismo.

ING. FRANCISCO RUBÉN BRINGAS PEÑALOZA, DIRECTOR GENERAL
RÚBRICA.

LIC. JOSÉ ANTONIO ÁVILA GARCÍA.
JEFE DE LA UNIDAD JURÍDICA
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 19/04/2016 (Sección Cuarta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

PaísMéxico

Fecha19/04/2016

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones1838

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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