Periódico Oficial del Estado de México del día 07/04/2016 (Sección Cuarta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

Página 2

7 de abril de 2016

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
DOCTOR ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LA
FACULTAD QUE ME CONFIERE EL ARTÍCULO 77, FRACCIONES II, XXXVII, XXXVIII Y XLVIII DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO Y CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 2, 3, 15, 19, FRACCIÓN XVIII, 38 TER, FRACCIONES XII, XIII Y XXXVI DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO
DE MÉXICO, 2, 4, 9, 41 Y 46 DE LA LEY DEL NOTARIADO DEL ESTADO DE MÉXICO Y
CONSIDERANDO
Que por Acuerdo del Ejecutivo del Estado de seis de marzo de dos mil tres, se creó la Notaría Pública número 131 del Estado de México con residencia en el municipio de Metepec.
Que por Acuerdo del Ejecutivo del Estado de siete de marzo de dos mil tres, se nombró al licenciado Emmanuel Villicaña Soto, notario provisional de la Notaría Pública número 131 del Estado de México, con residencia en el municipio de Metepec.
Que por Acuerdo del Ejecutivo del Estado de veintisiete de mayo de dos mil cuatro, se nombró al licenciado Emmanuel Villicaña Soto, notario titular de la Notaría Pública número 131 del Estado de México, con residencia en el municipio de Metepec.
Que el seis de abril de dos mil dieciséis, se revocó el nombramiento al licenciado Emmanuel Villicaña Soto como Notario Público número 131 del Estado de México, a través de resolución administrativa dentro del procedimiento de queja 168/2011, al actualizarse el supuesto establecido en el artículo 156 fracción I de la Ley del Notariado del Estado de México que a la letra dice: La revocación del nombramiento procederá por: I. Incurrir en falta de probidad en el ejercicio de su función Lo anterior en cumplimiento a la sentencia dictada en el Recurso de Revisión 2753/2014, del índice de la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de México, en acatamiento a la ejecutoria de amparo emitida en los autos del Amparo en Revisión 403/2015, dictada el cuatro de febrero de dos mil dieciséis por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito.
Que de acuerdo con los resultados de la encuesta Intercensal de 2015 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el municipio de Metepec, cuenta con una población de 227,827 habitantes la cual es atendida por las notarías 123, 124, 136, 146, 149, 155, 162, 167, 170 y 182 del Estado de México, con residencia en el municipio de referencia, mismas que por el momento resultan suficientes para responder a las necesidades notariales de dicha zona geográfica.
Que en términos de lo establecido por el artículo 46 de la Ley del Notariado del Estado de México, es facultad del Gobernador declarar la terminación de la función de un notario.
En estricta observancia a los artículos 80 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, este instrumento se encuentra debidamente refrendado por el Secretario General de Gobierno del Estado de México, José S. Manzur Quiroga.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto y fundado, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO DE MÉXICO, POR EL QUE SE DECLARA LA TERMINACIÓN DE LA FUNCIÓN DEL
LICENCIADO EMMANUEL VILLICAÑA SOTO COMO NOTARIO TITULAR DE LA NOTARÍA PÚBLICA 131 DEL ESTADO DE MÉXICO, CON RESIDENCIA EN EL MUNICIPIO DE METEPEC, POR REVOCACIÓN DE SU NOMBRAMIENTO Y SE DECLARA LA SUSPENSIÓN
DE FUNCIONES DE DICHA NOTARÍA.
PRIMERO. Se declara la terminación de la función del licenciado Emmanuel Villicaña Soto como Notario Titular de la Notaría Pública 131 del Estado de México, con residencia en el municipio de Metepec, por revocación de su nombramiento.
SEGUNDO. Se declara la suspensión de funciones de la Notaría Pública 131 del Estado de México, con residencia en el municipio de Metepec, México.
TERCERO. Notifíquese el presente Acuerdo al Colegio de Notarios del Estado de México y al Archivo General de Notarías del Estado de México, para los efectos correspondientes.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Acuerdo por una sola vez en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
SEGUNDO. Publíquese el presente Acuerdo por una sola vez en un diario de mayor circulación en la entidad.
TERCERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los siete días del mes de abril de dos mil dieciséis.
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
RÚBRICA.
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
RÚBRICA.

CONSEJERA JURÍDICA
DEL EJECUTIVO ESTATAL
DRA. EN D. LUZ MARÍA ZARZA DELGADO
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 07/04/2016 (Sección Cuarta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

PaísMéxico

Fecha07/04/2016

Nro. de páginas2

Nro. de ediciones1838

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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