Periódico Oficial del Estado de México del día 17/03/2016 (Sección Cuarta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

Página 2

17 de marzo de 2016

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
DECRETO NÚMERO 71
LA H. LIX LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO: Se reforma el primer párrafo del artículo primero y el artículo segundo transitorio del decreto 392, de fecha 21 de enero de 2015, por el que se emite la declaratoria de inicio de vigencia del Código Nacional de procedimientos Penales en esta entidad federativa, para quedar como sigue:
ARTÍCULO PRIMERO. Para los efectos señalados en el artículo segundo transitorio del Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 05 de marzo de 2014, se declara que al Estado de México se incorpora a su régimen jurídico el Código Nacional de Procedimientos Penales, el cual entrará en vigor de forma gradual a partir del día dieciocho de mayo del año dos mil dieciséis, en los distritos judiciales de Tenancingo y Tenango del Valle, y a partir del dieciocho de junio de dos mil dieciséis en los restantes distritos judiciales de esta entidad.

ARTÍCULO SEGUNDO.
ARTÍCULO TERCERO.
TRANSITORIOS
ARTÍCULO PRIMERO.
ARTÍCULO SEGUNDO. El presente Decreto entrará en vigor a los sesenta días naturales siguientes de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
ARTÍCULO TERCERO.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
SEGUNDO. Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.- Presidente.- Dip. Raymundo Edgar Martínez Carbajal.- Secretarios.- Dip. Marco Antonio Ramírez Ramírez.- Dip. María Pérez López.- Dip. José Antonio López Lozano.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, Méx., a 17 de marzo de 2016.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO

DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
RÚBRICA.
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 17/03/2016 (Sección Cuarta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

PaísMéxico

Fecha17/03/2016

Nro. de páginas2

Nro. de ediciones1838

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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