Periódico Oficial del Estado de México del día 11/02/2016 (Sección Cuarta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

Página 8

11 de febrero de 2016

b. Se pedirá al adolescente un número telefónico para localizar a sus padres y/o tutores y una vez que se haya tenido comunicación con alguno de ellos, se les informará la situación que prevalece.
c. El adolescente será remitido al alojamiento correspondiente, poniendo en conocimiento de este hecho a los sistemas DIF Estatal o municipales, con el objeto de que se hagan cargo del menor asegurado.
X. ESPACIOS DE RESGUARDO PARA ADULTOS Y DE ALOJAMIENTO PARA ADOLESCENTES
Estos lugares estarán a cargo del Municipio de Ecatepec en donde se realice el operativo del Programa temporal de alcoholimetría CONDUCTORES LIBRES DE ALCOHOL, mismos que deberán reunir las características siguientes:
a. Tratarse de locales con servicios e infraestructura que satisfagan las exigencias de higiene y dignidad humana, contando c on sistemas de video vigilancia, áreas suficientes que permitan su adecuada permanencia, así como espacios para asegurar los bienes de los infractores.
b. Contarán con el personal siguiente: Médico legista, trabajador social, psicólogo y personal de seguridad pública preventiva.
c. Contarán con separación por género hombres y mujeres y por edades menores de edad y adultos; tratándose de los espacios para mujeres, el personal encargado será femenino.
d. En caso de siniestro, garantizar una evacuación segura, cumpliendo en todo momento las normas y lineamientos que para el caso emita protección civil estatal o municipal.
e. Estarán vigilados por personal de los cuerpos preventivos de Seguridad Pública estatal y municipal durante todo el tiempo que permanezca el infractor, ofreciendo ineludiblemente un trato digno y respetuoso de los Derechos Humanos.
f. Dispondrán de alimentación adecuadamente preparada y servida para los infractores, en cantidad y calidad que satisfagan las normas de higiene y salud, además de proporcionar agua en condiciones de temperatura y calidad que no afecten la salud de los infractores.
g. De manera preferente los espacios para el alojamiento de adolescentes serán abiertos, pero respetando las medidas de seguridad suficientes que eviten su evasión, garantizando sus derechos humanos de conformidad con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Convención de los Derechos del Niño, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México y demás normatividad aplicable.
h. Cumplirán con las medidas de seguridad en materia de protección civil.
XI. GARANTÍA CONSTITUCIONAL DE LA LIBERTAD DE TRÁNSITO
El Programa temporal de alcoholimetría CONDUCTORES LIBRES DE ALCOHOL, se encuentra plenamente fundado y motivado en lo dispuesto por los artículos 11, 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2.45 fracción IV bis, 8.16
bis, 8.18, fracciones II y III, 8.19 ter del Código Administrativo del Estado de México y 150, fracción II, inciso b de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, respetando la prerrogativa constitucional de libertad de tránsito.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" y en un diario de mayor circulación del Estado de México.
SEGUNDO. La Unidad de Vinculación, Comunicación Social y Relaciones Públicas de la Gubernatura, de la Comisión Estatal de Seguridad Ciudadana y la Secretaría de Salud, así como del área de comunicación social del ayuntamiento con el que celebró Convenio de Coordinación, difundirán y ejecutarán la aplicación de este Programa.
TERCERO. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, a los nueve días del mes de febrero de dos mil dieciséis.
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
RÚBRICA.
SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
JOSÉ S. MANZUR QUIROGA
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 11/02/2016 (Sección Cuarta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

PaísMéxico

Fecha11/02/2016

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones1838

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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