Periódico Oficial de Tamaulipas del 3/7/2024 - Legislativo
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Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo
Periódico Oficial
Página 3
Victoria, Tam., miércoles 03 de julio de 2024
Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Tamaulipas, con residencia en Reynosa Conflicto Individual de Seguridad Social 219/2023
Edicto Reynosa, Tamaulipas, a 17 de junio de 2024
Con fundamento en el artículo 712, cuarto y quinto párrafo, de la Ley Federal del Trabajo, según lo determinado en proveído de diecisiete de junio de dos mil veinticuatro, se emplaza a juicio al tercero interesado Socorro Guel González; en el procedimiento laboral 219/2023, promovido por Irma Yuliana, Jesús Alejandro, Mario Alberto y Víctor, todos de apellidos Guel Mejía; para que se apersone dentro del término de 35 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del último edicto en el Periódico Oficial del Estado.
Atentamente Juez Jesús Desiderio Cavazos Elizondo Titular del Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Tamaulipas, con sede en Reynosa 1. Publicación.
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
AMÉRICO VILLARREAL ANAYA, Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas, a sus habitantes hace saber:
Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:
Al margen un sello que dice:- Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.
LA LEGISLATURA SESENTA Y CINCO CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS
58, FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL; Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:
D E C R E T O No. 65-864
MEDIANTE EL CUAL SE REFORMA LA FRACCIÓN VII, DEL PÁRRAFO 1, DEL ARTÍCULO 6, DE LA LEY
DE AGUAS DEL ESTADO DE TAMAULIPAS.
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma la fracción VII, del párrafo 1, del artículo 6, de la Ley de Aguas del Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue:
Artículo 6.
1. Son I. a la VI.
VII. Celebrar convenios de colaboración con la Secretaría de Educación de Tamaulipas y con organizaciones de los sectores social o privado, con la finalidad de impulsar programas que fomenten la investigación, cultura y cuidado del agua desde el tipo de educación básica, media superior y superior en el Estado;
VIII. a la LXVI.
2. Las