Periódico Oficial de Tamaulipas del 5/5/2021 - Legislativo

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., miércoles 05 de mayo de 2021

Página 3

PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA GENERAL
FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a sus habitantes hace saber:
Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:
Al margen un sello que dice:- Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.
LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58
FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL; Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:
D E C R E T O No. LXIV-524
MEDIANTE EL CUAL SE ADICIONA EL ARTÍCULO 4 BIS A LA LEY PARA LA PROMOCIÓN DE LOS
VALORES Y LA CULTURA DE LA LEGALIDAD DEL ESTADO DE TAMAULIPAS.
ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona el artículo 4 BIS a la Ley para la Promoción de los Valores y la Cultura de la Legalidad del Estado de Tamaulipas, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 4 BIS.
Son principios rectores en la observancia, interpretación y aplicación de esta Ley:
I.- El interés superior del Estado para fomentar los valores y la cultura de la legalidad;
II.- El respeto irrestricto a los derechos humanos;
III.- El reconocimiento de la familia como el núcleo de la sociedad y la primera célula transmisora de valores;
IV.- La participación conjunta de los sectores público, privado y social en el fomento de los valores y la cultura de la legalidad, a fin de fortalecer nuestro estado de derecho; y V.- La construcción de ciudadanía a través de la instrumentación de procesos educativos y de formación cívica orientados a los propósitos sociales de paz, armonía, orden público, convivencia democrática, solidaridad y cohesión social de las y los tamaulipecos.
TRANSITORIO
ARTÍCULO ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
SALÓN DE SESIONES DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS.- Cd.
Victoria, Tam., a 21 de abril del año 2021.- DIPUTADA PRESIDENTA.- MARTA PATRICIA PALACIOS
CORRAL.- Rúbrica.- DIPUTADA SECRETARIA.- KARLA MARÍA MAR LOREDO.- Rúbrica.- DIPUTADO
SECRETARIO.- ROQUE HERNÁNDEZ CARDONA.- Rúbrica.
Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en la residencia del Poder Ejecutivo, en Victoria, Capital del Estado de Tamaulipas, a los veintiún días del mes de abril del año dos mil veintiuno.
ATENTAMENTE.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.- FRANCISCO JAVIER GARCÍA
CABEZA DE VACA.- Rúbrica.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO.- CÉSAR AUGUSTO
VERÁSTEGUI OSTOS.- Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 5/5/2021 - Legislativo

TítuloPeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaísMéxico

Fecha05/05/2021

Nro. de páginas37

Nro. de ediciones4068

Primera edición02/01/1999

Ultima edición27/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Mayo 2021>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031